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Medio Ambiente aprueba el Avance del Plan Especial del Paisaje Protegido de Las Cumbres

Medio Ambiente aprueba el Avance del Plan Especial del Paisaje Protegido de Las Cumbres


Somete el documento a trámite de información pública por un periodo de cuarenta días

Medio Ambiente aprueba el Avance del Plan Especial del Paisaje Protegido de Las Cumbres en Gran Canaria
La Consejería de Medio Ambiente y Ordenación Territorial del Gobierno de Canarias, que dirige Domingo Berriel, ha aprobado el Avance del Plan Especial del Paisaje Protegido de Las Cumbres, en los términos municipales de Santa María de Guía, Moya, Artenara, Valleseco, Gáldar, Valsequillo, Tejeda y San Mateo (Gran Canaria), según anuncio publicado hoy jueves en el Boletín Oficial de Canarias (BOC).

Este expediente, además, se somete al trámite de información pública durante un plazo de cuarenta días a partir de mañana, viernes 3 de febrero, estando de manifiesto en las oficinas de la Dirección General de Ordenación del Territorio, sita en calle P. Agustín Millares Carlo, 18, Edificio de Servicios Múltiples II, 4ª planta, lado mar, de Las Palmas de Gran Canaria y Ayuntamientos de Santa María de Guía, Moya, Artenara, Valleseco, Gáldar, Valsequillo, Tejeda y San Mateo, de lunes a viernes y en horario de 09.00 a 14.00 horas.

Según el anuncio publicado en el BOC, contra el presente acto, por ser de trámite, no cabe recurso alguno, pudiendo no obstante interponer el que se considere oportuno si se entendiese que se dan algunos de los supuestos excepcionales establecidos en el artículo 107 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común; a excepción de la suspensión de licencias urbanísticas, respecto de la que cabrá interponer recurso de alzada, ante el Viceconsejero de Ordenación Territorial, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a su publicación, según establece el artº. 114.1 de la Ley 30/1992, en su redacción dada por la Ley 4/1999, que modifica la anterior, y contra su desestimación expresa se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala correspondiente del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, dentro del plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de su notificación, de conformidad con lo dispuesto en el artº. 46.6 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. También cabrá interponer recurso contencioso-administrativo contra la desestimación presunta, por silencio administrativo, que se entenderá así, si transcurridos tres meses desde la interposición del recurso de alzada, no hubiera recaído resolución alguna, sin perjuicio de interponer cualquier otro que se estime procedente.

El Paisaje Protegido de Las Cumbres abarca una superficie de 4.329 hectáreas de los municipios de Artenara, Gáldar, Santa Mª de Guía, Moya, Valleseco, Tejeda, San Mateo y Valsequillo. Limita al norte con el Parque Rural de Doramas, al oeste con el Parque Rural del Nublo y al sureste con la Reserva Natural Especial de Los Marteles.
Este espacio natural, por su disposición. ejerce un papel notable en el mantenimiento de procesos ecológicos esenciales como es la captación de aguas al situarse en la fachada norte y en el sector de la cumbre de la isla. Por otra parte, en él se insertan la mayoría de las cabeceras de los principales barrancos del noreste de Gran Canaria y se encuentran abundantes endemismos y especies amenazadas como la margarita plateada (Tanacetum ptarmiciflorum) protegida por normativa regional.

En la mayoría de estos barrancos existen además presas en sus tramos más bajos, de ahí la importancia que para el área supone la protección de los suelos a fin de evitar la colmatación de las charcas.
En conjunto, se trata de un paisaje típico de cumbres y de gran belleza, donde también existen elementos naturales singularizados de interés geológico y geomorfológico, como el Montañón Negro, la Caldera de Gáldar o el Roque del Saucillo, y en conjunto constituyen un espacio de cumbre de gran valor paisajístico.
Este espacio fue declarado por la Ley 12/1987, de 19 de junio, de Declaración de Espacios Naturales de Canarias como Parque Natural de Las Cumbres, y reclasificado por la Ley 12/1994, de 19 de diciembre, de Espacios Naturales de Canarias como Paisaje Protegido.

La mayor parte de la superficie del paisaje protegido está dentro del polígono de repoblación obligatoria (en su mayoría son montes del Cabildo y de particulares consorciados). Casi todo el espacio protegido, con la única excepción de un sector en Cueva Grande, esta declarado como área de sensibilidad ecológica. Dentro de este espacio se encuentra el Monte de Utilidad Pública de Cortijo de las Mesas.

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