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TURCÓN - Ecologistas en acción

Piña de mar: un endemismo botánico en Telde

Piña de mar: un endemismo botánico en Telde El Colectivo Turcón-Ecologistas en Acción presenta un pliego de alegaciones con motivo de la nueva ordenación del PAU-7 A (plan de actuación urbanistica). Esta promoción debe respetar la zona donde una planta canaria, sobrevive y se recupera en la Loma de Taliarte, justo en la trasera del Centro Residencial de Mayores de Taliarte.

Cuando la urbanización de 321 chalets se preparaba para los últimos tramites administrativos antes de comenzar las obras, aparecen 174 ejemplares de Atractilys preauxiana, especie prioritaria y en peligro de extinción. Esto ha motivado una modificación de la planimetría y de la ubicación de los chalets para crear un nuevo jardín de 10.000 metros cuadrados para respetar la piña de mar, nombre vulgar de la planta.

A continuación, el texto integro de la alegación:

Ilmo. Sr. Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Telde.-


Asunto: expediente en información pública. Expediente en Urbanismo 859/04-PAU-7A de Taliarte.

Presentamos el siguiente pliego de alegación al expediente arriba citado, en tiempo y forma encontrándose el mismo en periodo de información pública de acuerdo con la publicación en el Boletín Oficial de la Provincia , nº 108, del 3-09-2004.

Alegación nº 1, sobre la oficina de urbanismo:
Respetando y reconociendo la profesionalidad de todos los trabajadores del ayuntamiento, tenemos que mostrar nuestras quejas por la descoordinación que hemos padecido en la búsqueda de este expediente.

Nos personamos un día de septiembre en las oficinas dentro del período de información pública, y el expediente lo tiene algún funcionario/a que no se encuentra (por lo visto de vacaciones). El expediente no aparece, la persona que lo controla no está. Tiempo perdido, larga espera, al ser enviado el compañero de una oficina a otra y recibiendo el consejo de que mejor venga cuando esté la responsable del expediente. Les recordamos que un expediente en información pública ha de estar a disposición del ciudadano durante las horas de oficina y todo el periodo a la vista. Que de no ser así procederíamos a denunciar ese defecto de forma y ampliación del periodo de información publica. Por fin aparece la documentación. Como es lógico y con el horario reducido de las oficinas debemos pedir copia para estudiar con más detalles y por el resto de compañeros. Se nos exige que paguemos y lo pidamos por escrito. Nos parece medianamente bien, para 6 fotocopias tamaño A-4 y un plano, abonamos sobre la marcha 2,52 euros (más caro que en el cualquier copistería privada). Dicho abono y escrito de petición se presenta en el registro de entrada 28-09-2004 en el registro de urbanismo, al lado mismo de donde se encuentra el expediente, vaya en el mismo edificio.

Tres días después vamos a buscar las fotocopias pedidas y no están preparadas, la persona dice que volvamos el lunes que es cuando se encuentra el/la responsable. No es serio. El lunes, hoy, se agota el plazo. Entendemos que en período vacacional falte personal, entendemos que el personal esté saturado de trabajo, entendemos que paguemos y tarden tres días en darnos las fotocopias, PERO LO QUE NO ES TOLERABLE ES QUE SE AGOTE EL PLAZO Y AÚN LA OFICINA DE URBANISMO NO RESPONDA-ENTREGUE DOCUMENTOS QUE SE ENCUENTRAN INMERSOS EN UN PERÍODO DE INFORMACIÓN PÚBLICA.

En otras circunstancias pediríamos inmediatamente la prolongación del período de información pública por estas demoras y falta de celeridad en la oficina de urbanismo. Sin embargo, no queremos generar más perjuicios y molestias a los promotores de las obras, ya que bastante han soportado desde el año 1993 cuando se inició el expediente del PAU-7 A, y que por motivos ajenos a ellos, legislativos y ahora por un endemismo botánico aún siguen sin llevar a cabo su proyecto.

Somos muy consciente que el descubrimiento de la piña de mar, ha trastocado toda la planificación de los chalet que se construirán, eso junto con nuestro verdadero objetivo el cual es la conservación de la nueva especie, nos ánima a resolver cuanto antes el expediente para que se articulen las medidas preventivas y de ordenación para proteger finalmente la piña de mar.

La situación en la que se encuentra de total abandono, sin vallado, sin protección, con entrada nocturna de vehículos, vertedero incontrolado de material inerte y de otros elementos ajenos y perjudiciales para el desarrollo y convivencia de un endemismo botánico, nos hacen valorar la posibilidad de que el inicio de la ordenación de aquel lugar sea prioritario.

Alegación nº 2, sobre la importancia de la piña de mar:

Aproximadamente en el año 1846, Schultz Bipontinus en Phytographia Canariensis de Webb & Berthelot, describe una población de piña de mar, utilizando material recolectado en Punta de Melenara en la isla de Gran Canaria, constituyendo esta población su locus classicus (localización potencial). En la actualidad, la distribución de esta especie abarca las islas de Gran Canaria y Tenerife. En la primera cuenta con tres poblaciones (Melenara, Tufia y Arinaga), mientras que en Tenerife se han constatado su presencia en un total de 11 localidades en el sector suroriental de la isla.

Kunkel en 1977 considera destruido el locus classicus de la especie en Melenara, quedando únicamente en la isla la localidad de Arinaga, gravemente amenazada por obras mecánicas y el desarrollo de la urbanización industrial. No obstante, Montelongo en 1983, al estudiar la situación de las comunidades costeras de Gran Canaria, indica que la población de Melenara se encuentra en situación muy crítica con reducido número de individuos, al estarse recubriendo con escombros las pocas plantas que quedan.

En enero del año 2002, tras la polémica de la destrucción por las obras del paseo marítimo de Melenara-La Garita, Turcón anuncia el descubrimiento de nuevos ejemplares de Atractylis preauxiana en los Lomos de Taliarte, afectados por al PAU-7 A.

En el primer momento socios de Turcón cuentan aproximadamente unos 60 ejemplares, más tarde el grupo del SEPRONA contabiliza unos 100 y los informes de los biólogos de la viceconsejería de Medio Ambiente de Gobierno de Canarias suman un total 174 ejemplares.

La piña de mar es una especie catalogada como “en peligro de extinción” según la Orden de 9 de julio de 1998, por la que se incluyen determinadas especies en el Catálogo Nacional de Especies Amenazadas y cambian de categoría otras especies que ya están incluidas en el mismo. La catalogación como “en peligro de extinción” lleva aparejada una serie de prohibiciones genéricas que abarcan todas aquellas actuaciones no autorizadas que afecten a dichas especies, tales como la corta, arranque, recolección de semillas, etc. del mismo modo, se considera como infracción muy grave la destrucción, muerte, deterioro, recolección, comercio, captura y exposición para el comercio o naturalización no autorizada de planta catalogadas “en peligro de extinción”, así como de sus propágulos o restos. Anexo I de la Convención para la Conservación de la Vida Silvestre y Hábitats Naturales de Europa suscrito por España el 19 de septiembre de 1979 y ratificado el 13 de mayo de 1986, declarándose como especie “estrictamente protegida”.

Además esta especie se incluye en el Anexo II de la Directiva 92/43/CEE relativa a la Conservación de los Hábitats Naturales y de la Flora y Fauna Silvestres, transpuesta al ordenamiento jurídico español mediante el R.D. 1997/1995, de 7 de diciembre (B.O.E. nº 310 de 28 de diciembre de 1995), siendo considerada como prioritaria.

Se trata de una especie catalogada “en peligro de extinción”, incluyéndose tanto en el Catálogo Nacional de Especies Amenazadas (O.M. de 9 de julio de 1998, B.O.E. nº 172 de 20 de julio de 1998; Corrección de errores B.O.E. nº 191, de 11 de agosto de 1998) como en el Catálogo de Especies Amenazadas de Canarias (Decreto 151/2000, de 23 de julio, B.O.C. nº 97 de 1 de agosto de 2001).

Los informes técnicos proponen el establecimiento de una estrategia conjunta con los organismos implicados para el desarrollo de medidas que no deberían restringirse al área de extensión de la especie sino a una superficie mayor (aproximadamente 25.000 m2) de manera que se compatibilice el desarrollo urbanístico previsto en la zona con la protección y conservación de los ejemplares de la citada especie protegida. Cosa complicada, porque por un lado el Gobierno de Canarias tiene competencias en planes de recuperación, el Cabildo de Gran Canaria con competencias en la conservación de especies y el Ayuntamiento de Telde con las competencias urbanísticas. Por tanto, se propone crear un consorcio o delegar todas las competencias en la viceconsejería de Medio Ambiente para que pueda gestionar el parque de la Atractylis preauxiana


Alegación nº 3, sobre el sistema general anexo:

En la nueva cartografía se aporta una zonificación de 10.000 metros cuadrados para la reserva de la piña de mar y junto a esta zona, un sistema general SG1-para parque urbano, de 16.650 metros cuadrado.

Lo que pedimos desde este Colectivo Ecologista es una coherencia territorial a la hora de ejecutar ambas zonas. Que sea solo una unidad de actuación. Que el futuro parque urbano no constituya una obra gigantesca al lado de un jardín marginal. Todo debe tener una coherencia territorial y mantener una uniformidad en cuanto a la integración de las especies protegidas.

Eso permitiría alcanzar los 25.000 metros cuadrados que se aconsejaban para la conservación y recuperación de la piña de mar, en los informes técnicos previos a esta modificación del PAU,. De otra manera, consideramos insuficientes los 10.000 metros cuadrados que se reservan exclusivamente para la especie protegida. Una manera de incrementar la zona, la hemos sugerido en el punto anterior: ceder las competencias del desarrollo del SG-1 a la viceconsejería de Medio Ambiente del Gobierno de Canarias para la propagación e integración de la piña de mar en la zona y la figura urbanísticas en la zona protegida.

Alegación nº 4, sobre un vallado preventivo:

Consideramos imprescindible un vallado preventivo desde el primer momento del inicio de las obras. El Ayuntamiento de Telde, entre las exigencias que debe documentar a la hora de dar la licencia urbanística es la de exigir al promotor un vallado preventivo del perímetro de la zona roja, de la zona de expansión de la piña de mar. Un vallado preventivo metálico abierto de tal manera que no sea un obstáculo y un muro de retención a las marismas y a los vientos predominantes, que son los que alimentan a la especie y han hecho posibles la supervivencia de esta planta.

El vallado es muy importante porque evita que cualquier obrero y las maquinarias puedan sepultar las plantas por accidente. La planta recordemos tiene un tamaño minúsculo y es difícil de detectar en el paisaje para los no especializados.

Alegación nº 5 sobre el inicio de las obras:

Otras de las precauciones que debemos exigir a la hora de la redacción de la licencia urbanística es que todas las obras, en las cercanías y en el entorno de la zona reservada para la piña de mar, es el de obligar a la empresa constructora, el mojado constante del suelo para que el polvo ya sea por el transito de vehículos, ya sea por la maquinaria pesada extrayendo material, no afecte por deposición a las plantas y terminen sepultándola.

Alegación nº 6 sobre los nuevos viales:

Consideramos de especial relevancia la nueva ordenación de viales y calles que van a rodear al jardín de la piña de mar. Esta especie se ha propagado por la loma, gracias a los vientos alisios, al aporte de sedimentos propicios para el sustrato que la planta necesita y al azote de las marismas que constantemente entra por la bocacalle existente actualmente entre las viviendas construidas y la trasera de la residencia de mayores de Taliarte.

Cualquier obra que suponga un obstáculo a estos elementos eólicos pondrá en riesgo la supervivencia de la especie. Si cerramos el grifo que alimenta la planta, cerramos definitivamente cualquier plan de recuperación y desarrollo de la especie.

Por ello, solicitamos un trato cuidadoso y respetuoso, tanto en los viales, como en los obstáculos, aceras, muros, amontonamiento de materiales, etc… para que no cercene la entrada de vientos y materiales eólicos que alimentan a la piña de mar.

Merece la pena la protección de esta especie, debemos pensar que su protección regirá cualquier actuación y que los esfuerzos nacionales e internacionales por mantener nuestra biodiversidad se debe ver reflejada tanto en la actuación municipal como en las operaciones privadas.

Para cualquier duda o aclaración, quedamos a su entera disposición. Mientras tanto reciba un atento saludo,

EL PRESIDENTE DEL COLECTIVO ECOLOGISTA TURCÓN

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