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Condenan al Ayuntamiento de Malgrat por no atender las quejas por ruidos![]() Barcelona, 18/08/06 Condenan al Ayuntamiento de Malgrat por no atender las quejas por ruidos de dos vecinos CAROL ALVAREZ El Tribunal Superior de Justícia de Catalunya (TSJC) ha condenado al Ayuntamiento de Malgrat a indemnizar con un total de 4.000 euros a dos vecinos de la localidad que se vieron obligados a soportar las molestias de la música nocturna ante la pasividad municipal. La sentencia, dictada por la sección segunda de la sala de lo contencioso-administrativo del TSJC, estima parcialmente el recurso interpuesto por Gustau L.A. y Jaume A.A. y declara lesionados «por la inactividad de la Administración demandada los derechos fundamentales invocados». Los hechos se remontan al año 2003, cuando los demandantes se trasladaron a vivir a Malgrat. Pronto descubrieron que entre los meses de mayo y octubre, coincidiendo con la afluencia turística a la localidad, los hoteles colindantes con su vivienda organizaban fiestas nocturnas en sus jardines, con el consiguiente ruido y molestias que generaban. El abogado recuerda que se quejaron enseguida a la Administración local, pero que fue «inútil». «Desde hacía 25 años, había quejas de vecinos por situaciones similares en la localidad», apunta Gallardo, para recordar que el incumplimiento de la normativa sobre ruidos es habitual en zonas turísticas de la costa durante el verano, ante la pasividad de muchos ayuntamientos. Tras observar que el Ayuntamiento de Malgrat desoía las quejas que le planteaban, los demandantes decidieron recurrir a la justicia ordinaria, y así fue como, pese a obtener una respuesta desestimatoria en primera instancia, el Tribunal Superior de Justícia de Catalunya finalmente les ha dado parte de razón. En este sentido, la ACCA mostró ayer su satisfacción ante la decisión adoptada por el Tribunal Superior de Justícia de Catalunya en defensa de los derechos fundamentales. 21/08/2006 22:26 Comentarios » Ir a formulario |
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