El Cabildo de Gran Canaria prohíbe encender fuegos en todo tipo de espacios abiertos.
Canarias7.es - 27/07/2005
El Cabildo, en cumplimiento de la nueva normativa del Gobierno de la Nación, prohíbe encender fuegos en todo tipo de espacios abiertos
ADEMÁS, EN TODOS AQUELLOS TERRITORIOS DELIMITADOS POR LA LEY DE MONTES, SE PROHÍBE EXPLÍCITAMENTE LA CIRCULACIÓN DE VEHÍCULOS DE MOTOR POR PISTAS FORESTALES SIN SERVIDUMBRES DE PASO Y EL USO DE MAQUINARIA Y EQUIPOS QUE GENEREN DEFLAGRACIÓN, CHISPAS O DESCARGAS ELÉCTRICAS
ACN Press
Las Palmas de Gran Canaria
El Cabildo de Gran Canaria, en cumplimiento del Real Decreto publicado por el Gobierno de la Nación en el Boletín Oficial del Estado (BOE) el pasado 23 de julio, para la aprobación de medidas urgentes en materia de incendios forestales, anuncia la prohibición, hasta el próximo 1 de noviembre, de encender fuegos en todo tipo de espacios abiertos.
La medida afecta a la quema de rastrojos, pastos permanentes y restos de poda, y suspende las autorizaciones previas concedidas para este fin. La prohibición se extiende a las Áreas de Descanso de la Red de Carreteras y a Zonas Recreativas y de Acampada, incluidas las habilitadas para ello.
Además, en todos aquellos territorios delimitados por la Ley de Montes, se prohíbe explícitamente la circulación de vehículos de motor por pistas forestales sin servidumbres de paso y el uso de maquinaria y equipos que generen deflagración, chispas o descargas eléctricas. Se prohíbe también la introducción de material pirotécnico en estas zonas, en las que tampoco se podrá fumar, arrojar o abandonar objetos en combustión o susceptibles de originar un incendio.
El Cabildo, en cumplimiento de la nueva normativa del Gobierno de la Nación, prohíbe encender fuegos en todo tipo de espacios abiertos
ADEMÁS, EN TODOS AQUELLOS TERRITORIOS DELIMITADOS POR LA LEY DE MONTES, SE PROHÍBE EXPLÍCITAMENTE LA CIRCULACIÓN DE VEHÍCULOS DE MOTOR POR PISTAS FORESTALES SIN SERVIDUMBRES DE PASO Y EL USO DE MAQUINARIA Y EQUIPOS QUE GENEREN DEFLAGRACIÓN, CHISPAS O DESCARGAS ELÉCTRICAS
ACN Press
Las Palmas de Gran Canaria
El Cabildo de Gran Canaria, en cumplimiento del Real Decreto publicado por el Gobierno de la Nación en el Boletín Oficial del Estado (BOE) el pasado 23 de julio, para la aprobación de medidas urgentes en materia de incendios forestales, anuncia la prohibición, hasta el próximo 1 de noviembre, de encender fuegos en todo tipo de espacios abiertos.
La medida afecta a la quema de rastrojos, pastos permanentes y restos de poda, y suspende las autorizaciones previas concedidas para este fin. La prohibición se extiende a las Áreas de Descanso de la Red de Carreteras y a Zonas Recreativas y de Acampada, incluidas las habilitadas para ello.
Además, en todos aquellos territorios delimitados por la Ley de Montes, se prohíbe explícitamente la circulación de vehículos de motor por pistas forestales sin servidumbres de paso y el uso de maquinaria y equipos que generen deflagración, chispas o descargas eléctricas. Se prohíbe también la introducción de material pirotécnico en estas zonas, en las que tampoco se podrá fumar, arrojar o abandonar objetos en combustión o susceptibles de originar un incendio.
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