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TURCÓN - Ecologistas en acción

Turcón pide al gobierno que mantenga la sanción por vertedero ilegal

Turcón pide al gobierno que mantenga la sanción por vertedero ilegal

El Colectivo Turcón-Ecologistas en Acción ha dirigido un escrito a la Consejera de Industria, Energía y Nuevas Tecnologías del Gobierno de Canarias donde solicita la confirmación de una sanción por el Vertedero de Hoya Caldereta- Jinamar (T.M. de Telde).

 

 Se reproduce el texto completo de dicho escrito:


"Con fecha 11 de julio del presente año, nos comunicó el Jefe del Servicio de Minas la Resolución del expediente sancionador MIN LP 02/05 que recaía sobre la UTE-formada por Construcciones Rodríguez Luján, SL, -Transporte Cerrillal, SL. y Feliz Santiago Melián, SL., por una infracción cometida de acuerdo con el artículo 34.2 de la Ley 11/1990 de 13 de julio, que califica como infracción grave la iniciación de actividades sometidas al tramite de Ev.Detallada de Impacto Ecológico; así como el incumplimiento del artículo 31.2.b de la Ley 21/1992 de 16 de julio, sobre liberalización industrial, que califica como infracción grave el inicio de una industria sin las autorizaciones pertinentes.

 

La denuncia de este colectivo ecologista motivó la apertura del expediente sancionador y como quiera que la empresa ha recurrido en  “alzada”, es por lo que reiteramos la necesidad de confirmar la sanción impuesta, sin benevolencia alguna. Nuestros argumentos son los siguientes:

 

1.      Inicio de proceso industrial en suelo protegido de Espacio Natural, concretamente en el Paisaje Protegido de Tafira, por lo que consideramos un atrevimiento por parte de la UTE, para tentar la eficacia de la administración.
  1. Reiteración de estrategia. Una de las empresas que forma la UTE, tiene como habitual forma de actuar en suelo rústico la de “actos consumados”, difíciles de quitar y desmontar. Esto es una tomadura de pelo constante y un gasto administrativo porque actúa igual en todos sitios. Traemos por ejemplo el caso de la hormigonera montada en la zona del Tivolí de Las Palmas de Gran Canaria, expedientada por el ayuntamiento de Las Palmas de acuerdo con los artículos 202, 187 y 177 del Texto Refundido-Decreto Legislativo 1/2000 de 8 de mayo, al considerar la instalación de la maquinaria, sin permiso previo, una infracción urbanística tipificada en el mentado decreto.

3.      Evidentemente esta instalación esta clasificada por el Reglamento de Actividades Molestas, Insalubres, Nocivas y Peligrosas y reguladas por la Ley 1/98 de Régimen jurídico de las Actividades Clasificadas, así como es una actividad incoherente con la concesión inicial para la que se pidió dinero europeo, la cual era, restaurar los perfiles montañosos de las antiguas canteras de picón.

 
Agradecido por su atención, quedamos a su disposición para cualquier cosa que estime conveniente, le saluda atentamente,

 

            EL PRESIDENTE DEL COLECTIVO ECOLOGISTA TURCÓN"           

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