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Importante sanción a la empresa Matías Marrero en Tirajana

Importante sanción a la empresa Matías Marrero en Tirajana

La Agencia de Protección del Medio Urbano y Natural ha impuesto una sanción por infracción medioambiental a una empresa constructora por vertidos en el barranco de Tirajana.

El anuncio se publicó en el Boletín Oficial de Canarias nº 2006/027 - del Miércoles 8 de Febrero de 2006:

IV. ANUNCIOS - Otros anuncios
Consejería de Medio Ambiente y Ordenación Territorial
410 Agencia de Protección del Medio Urbano y Natural.- Anuncio por el que se hace pública la Resolución de 26 de enero de 2006, del Director Ejecutivo, sobre notificación a Matías Marrero Construcciones y Obras, S.A., de la Resolución recaída en el expediente de R.P. 632/2005.

No habiéndose podido practicar la notificación a Matías Marrero Construcciones y Obras, S.A. de la Resolución del Ilmo. Sr. Director Ejecutivo de la Agencia de Protección del Medio Urbano y Natural nº 89, de fecha 18 de enero de 2006, en los términos del apartado primero del artículo 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, de conformidad con el apartado cuarto del citado artículo,

R E S U E L V O:
Notificar a Matías Marrero Construcciones y Obras, S.A. la Resolución nº 89, de la Agencia de Protección del Medio Urbano y Natural, de fecha 18 de enero de 2006, recaída en el expediente instruido en esta Agencia por infracción medioambiental con referencia R.P. 632/2005, y cuya parte dispositiva dice textualmente:

"Primero.- Acumular los expedientes R.P. 632/05 y R.P. 634/05 en uno solo con la denominación R.P. 632/05.
Segundo.- Imponer a la entidad Matías Marrero Construcciones y Obras, S.A. una multa de treinta mil (30.000) euros, como responsable de una infracción medioambiental continuada, el vertido al terreno de residuos no peligrosos, consistentes en tierras, restos de asfalto y de cemento, en el lugar conocido como Altillo de la Sabina, en el término municipal de San Bartolomé de Tirajana.

Tercero.- Ordenar a la infractora a que proceda a la reposición de las cosas al estado anterior a la comisión de la infracción, mediante la retirada y entrega a gestor autorizado de los residuos no peligrosos vertidos.
Notificar la presente resolución a la infractora y demás interesados, advirtiéndole que contra la misma cabe interponer recurso de alzada ante el Excmo. Sr. Consejero de Medio Ambiente y Ordenación Territorial, en el plazo de un mes, a partir del día siguiente a su notificación.

El cumplimiento de las obligaciones económicas se hará efectivo en el tiempo y forma que se establezca en la notificación que le remitirá la Consejería de Economía, Hacienda y Comercio a este fin, una vez sea firme la resolución en vía administrativa, de conformidad con lo establecido en la Resolución de 13 de agosto de 2002, por la que se da publicidad a la suscripción del Convenio entre la Consejería de Economía, Hacienda y Comercio del Gobierno de Canarias y la Agencia de Protección del Medio Urbano y Natural, para la prestación del servicio de gestión de cobro de los ingresos de derecho público propios de la Agencia, tanto en período voluntario como en vía ejecutiva."
Remitir la presente Resolución al Servicio de Publicaciones e Información del Gobierno de Canarias y al correspondiente Ayuntamiento para su inserción en el tablón de edictos.

Las Palmas de Gran Canaria, a 26 de enero de 2006.- El Director Ejecutivo, Pedro Gómez Jiménez.
© GOBIERNO DE CANARIAS

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