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TURCÓN - Ecologistas en acción

Nueva Canaria de Telde cree que el Avance del PGO es "manifiestamente incompleto"

Nueva Canaria de Telde cree que el Avance del PGO es "manifiestamente incompleto"

NC critica el documento por carecer de la documentación necesaria (no hay plano de propuesta de clasificación de suelo, ni de crecimientos, ni de estructura general) y por presentar una memoria «que es un refrito de otros documentos» ● Plantea incluso de indefensión del ciudadano porque el Avance no incluye planos de ordenación general ni de los núcleos urbanos y rurales donde los teldenses puedan conocer en qué medida les afectan las propuestas planteadas ● TELDEACTUALIDAD avanza el contenido íntegro de la alegación presentada este jueves por Nueva Canarias.

Teldeactualidad.com

Nueva Canarias cree que el Avance del PGO es "manifiestamente incompleto" y que adaptación a las Directrices de Ordenación General y del Turismo y del PIO es "imposible". Los nacionalistas denuncian además la "ausencia de transparencia" en su elaboración, así como la inclusión en el documento de "trozos inconexos" del Plan General de San Bartolomé de Tirajana.
Por estas y otras cuestiones, NC solicita a la mayoría de Gobierno del Ayuntamiento que deje en suspenso el procedimiento de tramitación del Avance del PGO «tanto se complete la documentación preceptiva y se realice la convocatoria a los agentes sociales para que participen en un documento "que sea la base de la transformación del municipio".

En la extensa alegación al Avance del PGO durante el plazo de información pública del documento, que expiró el pasado jueves, NC critica el documento por carecer de la documentación necesaria (no hay plano de propuesta de clasificación de suelo, ni de crecimientos, ni de estructura general) y por presentar una memoria «que es un refrito de otros documentos».

Plantea incluso de indefensión del ciudadano porque el Avance no incluye planos de ordenación general ni de los núcleos urbanos y rurales donde los teldenses puedan conocer en qué medida les afectan las propuestas planteadas.

Creen que el contenido es escaso, tendencioso y que denota un desconocimiento total de la realidad municipal, sin criterios y con contradicciones, y que pretende legalizar cientos de viviendas clandestinas sin tener cobertura legal.

Por otro lado, denuncia que el Avance del Plan General de Ordenación (PGO) traza una vía paralela a la GC-1, entre ésta y la ribera del mar, que parte por la mitad las fincas de Salinetas, Melenara y Hoya Mondongo, una calzada que, según Nueva Canarias, va «de ninguna parte a ninguna parte» y que, para colmo, atraviesa lo que ahora está categorizado como suelo rústico de especial protección agraria de nivel 1. NC recuerda que son fincas de alto valor productivo y que son referencia a nivel insular e incluso regional.

NC cree que el trazado de esta vía para inutilizar un suelo agrícola tan valioso guarda relación con la estrategia que el grupo de gobierno se marca para toda la zona costera del municipio, «donde se obvia cualquier valor agrícola a los terrenos que no están en explotación» y se dan valores medios o bajos a los que sí lo están, con el ánimo, interpreta este partido, «de ocultar decisiones de transformación de esos suelos», máxime, apostillan, «cuando son públicas las manifestaciones del alcalde y del grupo de gobierno a favor de urbanizar todo ese sector».

SR. ALCALDE PRESIDENTE DEL M.I. ILUSTRE AYUNTAMIENTO DE TELDE

ILDEFONSO JIMÉNEZ CABRERA, ante el Ayuntamiento de Telde, en su propio nombre y representación delpartido político de Nueva Canarias de Telde, y como Concejal de esta Corporación, como mejor proceda en derecho DICE:

Que habiéndose Aprobado por el Pleno del Ayuntamiento de Telde de fecha cinco de enero 2.006, publicado en el BOC y en el correspondiente BOP , el EXPEDIENTE DE INFORMACIÓN URBANÍSTICA Y AVANCE DE PLANEAMIENTO DE LA ADAPTACIÓN DEL PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN DE TELDE A LAS DIRECTRICES DE ORDENACIÓN GENERAL Y DEL TURISMO ,y estando el citado expediente en plazo de aportar criterios y aportaciones por parte de los afectados por las determinaciones que se derivan del mismo, por medio del presente escrito estima la oportunidad de formular las siguientes:

SUGERENCIAS

PRIMERA.- El Avance de los Planes Generales tiene por objeto proponer a los ciudadanos y a los interesados en la ordenación del territorio, el modelo territorial y la estructura que se pretende implantar a través del documento.

Desde este punto de vista, parece propio de esta fase que el Avance contenga, aunque sea esquemáticamente, las bases que definan con claridad aquel modelo; como mínimo la clasificación del suelo, la estructura general integrada por los elementos determinantes del desarrollo urbano y las medidas de protección del medio ambiente, de tal forma que los ciudadanos tengan claro qué se les está proponiendo y, en defensa de los intereses particulares y de los generales, poder aportar sugerencias que sirvan para complementar y debatir el documento.

Así, el alcance y contenidos de los Avances de planeamiento debe ajustarse a lo prevenido en el Decreto 35/1.995 por el que se aprueba el Reglamento de Contenido Ambiental de los Instrumentos de Planeamiento que expone en su Artículo 3 que ...”El Avance de Planeamiento constituye el documento básico para exponer y evaluar las diferentes alternativas planteadas”... lo cual es claramente incumplido por el documento estudiado, por cuanto carece de alternativas y no presenta siquiera una propuesta concreta sobre la cual pronunciarnos. SEGUNDA.- En el caso del documento de Avance que ahora se somete a consideración del Pleno Municipal debemos comenzar por afirmar que el mismo carece de la documentación necesaria para cumplir con el fin al que la Ley obliga, con lo cual se desconoce qué información se le va a proporcionar a los interesados que les informe de cuál es el modelo que se pretende implantar, dado que no hay plano de propuesta de clasificación de suelo, ni plano de propuesta de crecimientos, ni plano de estructura general y la memoria, como veremos más tarde, es un refrito de otros documentos impropio de un municipio como Telde, pionero a escala nacional en planificación general.

TERCERA.- El documento de Avance vuelve a situarse al margen de lo preceptuado por el Decreto 35/1.995 que, en su Artículo 11 explicita la documentación que debe contener el Avance de los Planes Generales, obligando al... “ examen y análisis ponderado de las diferentes alternativas contempladas “... pero esta carencia que podría justificarse sobre la base de la cercanía en el tiempo del Plan General que se pretende Adaptar, se traduce en una grave indefensión de los administrados por lo que hace referencia a los apartados 3.a y 3.b del citado artículo, acerca del contenido planimétrico a que vienen obligados los documento de planeamiento en esta fase del procedimiento, careciendo de planos de ordenación general y, mucho más preocupante, de planos de ordenación de los núcleos urbanos y rurales, con lo cual los ciudadanos no pueden conocer en que medida la propuesta actual afecta sus intereses, individual o colectivamente.

CUARTA.- Debemos mencionar aquí que el Grupo de Nueva Canarias no ha tenido participación en los trabajos de elaboración de este documento, aún tratándose del grupo mayoritario en la Corporación y responsable del Plan General vigente y, por tanto con una experiencia y conocimiento del territorio que debería ser tenido en cuenta.

No debemos olvidar que el Plan General vigente en su página 50 de la Memoria General define la cualidad principal que se deseaba dar al documento cual era...” promover la participación de los agentes sociales...buscando la convergencia hacia un planeamiento concertado.

Está claro que la política que desea implantar el actual Grupo de gobierno, va justamente en contra de aquel objetivo fundamental lo cual es contrario a los principios de participación contenidos en la Declaración de Río de 1.992 y en la Agenda 21 de la Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo.

QUINTA.- No obstante lo anterior, y por tratarse del trámite presente, hemos realizado el esfuerzo de estudiar el expediente en un ejercicio de responsabilidad política y en defensa de los intereses de los ciudadanos de Telde que se merecen el mejor Plan General para elevar a la consideración de la institución municipal nuestras sugerencias y aportaciones a este Avance.

SEXTA.- Contrariamente a lo que pueda sugerir la apariencia de los tres tomos que conforman el Avance cuyo continente supera con mucho al contenido, éste es escaso, tendencioso y denota un desconocimiento total de la realidad municipal. Así, parece fundamental centrarnos en el Tomo III de la documentación que, en principio, es en la memoria y los planos de ordenación del Avance donde se detecta la ausencia de criterios y las contradicciones entre las manifestaciones públicas del alcalde y grupo de gobierno respecto del Plan General y lo que realmente expresa en el documento.

SEPTIMA.- Del documento de análisis medioambiental

El primer tomo de la documentación viene dedicado a la información derivada de las condiciones medioambientales del municipio, para lo cual se elaboran estudios y planos que no se corresponden con la realidad actual del territorio por cuanto reducen sustancialmente los valores de usos y paisajes, tanto naturales como productivos, en un ejercicio de interpretación que parece más destinado a liberar de protección a los espacios que a reconocer los valores actuales de los suelos, básicamente rústicos dado que del medio ambiente de los suelos urbanos y urbanizables no hay siquiera mención.

Esta forma de interpretar estos valores es particularmente explícita en la zona costera del municipio en la cual, no sólo se obvia cualquier valor agrícola a los suelos que actualmente no se encuentran en explotación, lo cual contradice el Artículo 55.b del TRLOTENC´00...Cuando los terrenos precisen de protección por ser idóneos, al menos potencialmente, para aprovechamientos agrarios..., sino que, para aquellos que se encuentran en explotación se les otorgan valores medios y bajos desde el punto de vista de la conservación.

Todo ello sólo puede ser interpretado, dado que no parece ser el desconocimiento de la realidad de nuestro territorio la explicación, impropia de los técnicos que realizan el análisis, y dado que en el documento no se aportan las condiciones de ordenación que justifiquen la minoración de valores reseñada, desde la óptica de que se pretenden ocultar decisiones de transformación de esos suelos que hagan conforme a dichos valores, más aún cuando son públicas las manifestaciones del alcalde y grupo de gobierno en el sentido de urbanizar todo este sector.

OCTAVA.- De la planimetría de ordenación

A los efectos de análisis del Plan General, son los planos el elemento que muestra de una forma más directa las intenciones de la propuesta, y por tanto del grupo de gobierno, respecto de la ordenación física que se pretende para el municipio. En este sentido, veremos cómo, en el caso de la presente revisión del Plan General de Telde, los planos no responden a la definición del modelo pretendido, o realmente se pretende un modelo distinto al expresado reiterada y públicamente por el grupo de gobierno.

El Tomo III de la documentación cuenta con un total de tres planos que se definen como “Tendencias de Crecimiento”, “Categorización del Suelo Rústico” y “Sistemas Generales”.

En relación con el primero de ellos, la propia denominación del plano mueve a la confusión respecto de qué se pretende definir con las denominadas Tendencias de Crecimiento y cuál es el criterio selectivo que determina que unas zonas tengan tendencia al crecimiento y otras no. Así, el plano es una serie de flechas direccionales de distinto tamaño, que se supone reflejan diferencias de intensidad en los crecimientos, y que presenta algunas curiosidades que es importante señalar.

En primer lugar, existen suelos urbanos que se ha convertido en Suelo Urbanizable (Montaña de las Huesas). En segundo lugar, es difícil explicar a la ciudadanía que Lomo Salas y Nueva Guinea, que son núcleos menores, de difícil acceso y sin crecimiento anterior, tengan tendencia de crecimiento y que El Caracol, Lomo Cementerio, San Antonio, Caserones o La Medianía no la tengan y, por último, cabe resaltar que cada una de las flechas mayores tiene un apellido detrás, que es posible relacionar en su integridad y que van a recibir las plusvalías derivadas de las Tendencias de Crecimiento, cuyas claves de ordenación no se reflejan en la documentación.

Hay que insistir en que las tendencias de crecimiento no ofrecen ordenación del territorio y se supone que si, de resultas del trámite de participación ciudadana, existen suelos propuestos como rústicos en la actualidad que pasan a ser urbanos o urbanizables, habrá que repetir el trámite de Avance. Todo ello manifiestamente en contra del reiterado Decreto 35/1.995.

El plano número 2, sí tiene una denominación adecuada a la Ley que es la Categorización de Suelo Rústico, aunque extraña que en la propuesta de Avance sólo se categorice el Suelo Rústico, quedando por tanto el urbano y urbanizable sin categoría, cuando la Ley exige la clasificación y categorización de la totalidad del suelo municipal a los planes generales.

En este plano aparece la propuesta de categorización de la totalidad de los sistemas generales como Suelo Rústico de Protección de Infraestructuras, incluyendo algunos Sistemas Generales de imposible identificación. Así los espacios libres, los deportivos, los dotacionales pasan a esta categoría de suelo.

En este plano aparece un denominado Plan Especial de Adecuación al Paisaje a la altura de Los Barrillos que se supone forma parte de la estrategia de legalización de viviendas irregulares puesta en marcha por la Concejalía de Ordenación del Territorio. No se puede elaborar un Plan Especial de Adecuación al Paisaje en Suelo Rústico, de cualquier categoría, en este caso de Protección Agraria, que dé cobertura a edificaciones no contenidas en Asentamiento Rural o Agrícola.

Parece importante resaltar que, con la normativa vigente, resulta imposible edificar en Suelo Rústico, excepto en Asentamientos Rurales y Agrícolas, quedando la propuesta como fuera de la Ley, a la espera de una modificación legal, aún no iniciada ni planteada; basar una decisión de planeamiento del calado social de la mencionada sin cobertura legal no parece sensato ni razonable.

Dentro de este nivel de caos, el plano nº 3 es mucho más significativo a este respecto; así, la propuesta de Sistemas Generales reflejada es exactamente la misma que la del Plan General vigente, no incorporando ni un solo sistema general nuevo y olvidando alguno de los ya existentes, caso del polideportivo del Hornillo por citar uno. Ello quiere decir que la propuesta de Avance no tiene ninguna alternativa a la estructura actual de sistemas generales y se limita a copiar, mal, el documento anterior.

Respecto a los Equipamientos Estructurantes, únicamente se recogen el Parque Tecnológico de Lomo Silva del Plan vigente y se incorpora la finca de San Rafael, recurrida ante los tribunales y que debido a ello puede resultar que tampoco haya propuesta de equipamiento estructurante en el presente documento.

Mención aparte merece la propuesta de red viaria que realiza el Avance. En idéntico sentido que para los Sistemas Generales el presente Avance copia en su integridad la propuesta de Sistema General viario del Plan General vigente, sin proponer alternativas a dicha propuesta en la que, por poner un ejemplo, pese e las manifestaciones del grupo de gobierno oponiéndose a la vía Tangencial esta, no solo se recoge en el Avance sino que se detalla en el presente documento.

Del resto de la red, llama poderosamente la atención, por ser de las escasas aportaciones nuevas que este documento realiza, una vía paralela a la GC-1, entre esta y la ribera del mar, que parte por la mitad las fincas de Salinetas, Melenara y Hoya Mondongo, que va de ninguna parte a ninguna parte, es decir que no parece tener origen en un punto que necesite mayor densidad viaria y va a un punto neutro de la carretera de Melenara, y que atraviesa lo que en el plano anterior de categorización de suelo rústico era de especial protección agraria de nivel 1, ya que se trata de fincas de alto valor productivo, y que son referencia a nivel insular e incluso interinsular de las famosas naranjas de Salinetas.

NOVENA.- De la memoria de ordenación

La memoria de ordenación consta de 80 páginas, de las cuales la mayor parte de ellas recoge parte de la documentación del Plan General anterior para establecer un discurso carente de criterios y relaciones, cometiendo similares errores que los ya reseñados para la planimetría. Así, los objetivos que se plantean no son objetivos, las viviendas ilegales no puede ser un objetivo en sí mismas y, aquellos que sí podrían considerarse como tales, contradicen las declaraciones y deseos manifestados por el alcalde y grupo de gobierno a los ciudadanos en los medios, entre otros, considerar el modelo existente como condicionante del futuro modelo, cuando ha dicho que el modelo actual no servía.

El documento presenta una importante contradicción interesada respecto de los teóricos crecimientos a proponer. Se olvida que el documento del Plan General vigente es del año 2002 y que su propuesta de crecimiento, de la cual el propio documento afirma únicamente se ha ejecutado el 13%, proponía más de 10.000 viviendas en Suelo Urbano No Consolidado y más de 4.000 viviendas en Suelo Urbanizable, lo que equivale a una reserva de suelo residencial para un crecimiento poblacional de 50.000 habitantes, cuyo horizonte viene a situarse en el año 2040. Será difícilmente justificable, dado el principio de proporcionalidad que exige la Ley a los planes generales, incorporar, tal como se pretende, 4.500 nuevas viviendas, por mucho interés que tenga el grupo de gobierno en esta promoción.

DÉCIMA.- Respecto del problema de las viviendas irregulares, la presente propuesta de Avance viene a poner en su sitio el conflicto planteado desde la Concejalía de Ordenación del Territorio, no solo no se legalizan todas las viviendas como afirmó el alcalde y el grupo de gobierno, sino que se remite a un Plan Especial en Suelo Rústico, lo cual es imposible en aplicación de la Ley, la ofertada legalización. A través de este documento habrá que explicar a los interesados que la citada propuesta no es más que la manifestación de la voluntad política, imposible de cumplirse de acuerdo con la legislación territorial vigente.

En ausencia de estudio de lo que ya se tiene, se olvida que el Plan General de 2.002 cuenta con un documento, el Catálogo de Edificaciones No Amparadas por el Planeamiento que, de las 1.200 viviendas inscritas en el Censo ENAL, otorga cobertura de legalización a más del 85%, con lo que restarían doscientas unidades de difícil encaje por encontrarse en Dominio Público, Espacios Naturales o suelo destinado a Sistemas Generales.

De ser ciertas las manifestaciones del Grupo de Gobierno que hablan de más de tres mil viviendas en esta situación irregular, éstas serían el resultado de los dos años y medio de esta legislatura.

UNDÉCIMA.- Hay que recordar a grupo de gobierno, que asume el contenido del nuevo Plan General que según el artículo 40 del TRLOTENC’00 los Planes Generales No pueden contener ordenanzas. Con lo cual habrá que remitir a otro expediente la idea de la Concejalía de subir la altura de la edificación, detalle que se da por hecho en las manifestaciones públicas a través de los medios de comunicación y respecto de la cual, el actual Avance no establece ninguna norma respecto de edificios en altura.

DUODÉCIMA.- El documento de Avance pretende la Adaptación del Plan General de 2.002 a las Directrices de Ordenación General y del Turismo, cuyo principio básico es el reconocimiento de la condición de escaso y frágil del territorio insular, para lo cual se exige al planeamiento urbanístico el planteamiento de modelos territoriales de contención de los crecimientos y su sustitución por procesos de renovación urbana y densificación de los suelos urbanos existentes; será difícil justificar una propuesta que incorpora miles de viviendas, si bien solamente en la literatura, en ocupación de suelos agrícolas de altísimo valor.

El principio de eficiencia que repite una y otra vez el documento de Directrices es manifiestamente olvidado en el presente documento que, curiosamente pretende adaptarse a aquellas.

DÉCIMO TERCERA.- Idéntica reflexión que la realizada para la Adaptación a las Directrices valdría para la correspondiente al Plan Insular P.I.O. de Gran Canaria, el cual recoge en su integridad la propuesta de zonificación y categorías del vigente Plan General, lo que viene a significar que cualquier modificación o alteración en la propuesta que afecte a suelos rústicos del Plan Insular requerirá la consiguiente Modificación del PIO, con lo que ello significa.

DÉCIMO CUARTA.- Con todo ello, debemos preguntar al grupo de gobierno si creen que es posible aprobar un Avance de Planeamiento que carece de clasificación de suelo, categorización de suelos urbanos y urbanizables, estructura del territorio, y demás documentos prescritos por la ley del territorio para informar a la ciudadanía de la propuesta del grupo de gobierno, y por tanto carente de cobertura legal.

DÉCIMO QUINTA.- Por último, debemos decir que la memoria se compone de textos copiados del vigente Plan General a los cuales se han injertado trozos inconexos del Plan General de San Bartolomé de Tirajana, que poco o nada tiene que ver con el municipio de Telde, excepto que ambos están en Gran Canaria, así se incorpora una propuesta de tratamiento de asentamientos agrícolas, que en el caso de Telde tienen unas características concretas, traspasando incluso núcleos de aquel municipio como son los asentamientos agrícolas del Sequero Alto y Huesa Bermeja, que no aparecen en una sola ocasión en el texto, sino que su denominación se repite hasta cinco veces en la memoria.

DÉCIMO SEXTA Y ÚLTIMA.- Por los argumentos expuestos, que reflejan que el presente Avance de Planeamiento resulta manifiestamente incompleto, de su imposible encaje en las Normas que son su origen de Adaptación, tanto las Directrices como el Plan Insular, de su ausencia de cumplimiento de las Leyes y Reglamentos de Aplicación, y fundamentalmente por su ausencia de transparencia y concurrencia de criterios desde los agentes sociales implicados, lo que conlleva imposibilidad de entender la propuesta planteada, el Grupo Político de Nueva Canarias de Telde por medio de su representación en esta Corporación, viene a solicitar del Grupo de la mayoría de Gobierno del M.I. Ayuntamiento de Telde DEJAR EN SUSPENSO EL PROCEDIMIENTO DE TRAMITACIÓN DEL AVANCE DE PLANEAMIENTO de la Adaptación del Plan General de Ordenación de Telde, hasta tanto se complete la documentación preceptiva y se realice la convocatoria a los agentes sociales para la concurrencia a un documento que se base en la transformación de un municipio.

Lo que firmamos en Telde a 20 de marzo de 2006

Fdo. Ildefonso Jiménez Cabrera. Grupo Nueva Canarias de Telde

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JENNYFER -

actividades humanoas para la
transformacion de los suelos