La Justicia dice que el interés general 'obliga' a ejecutar el Parque marítimo de Jinámar
Canarias7, 9-9-2004
Carmelo Ojeda
La resolución judicial que acaba de desestimar la suspensión de las obras solicitada por el Gobierno canario subraya que «el proyecto no debe dilatarse mucho más».
La autoridad judicial que acaba de desestimar la medida que había sido solicitada por el Gobierno regional de que se suspendiera cautelarmente el proyecto de urbanización del Parque Marítimo de Jinámar, según consta en un reciente auto del que ayer CANARIAS7 adelanto el fallo, considera que el «interés general» aconseja que las obras en marcha de este gran complejo comercial de compras y ocio «no se dilaten mucho más».
Frente a la tesis de los servicios jurídicos del Ejecutivo canario que la Administración autonómica es la «única legitimada» para acometer el proyecto del Parque Marítimo de Jinámar, el magistrado titular del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 2 de Las Palmas de Gran Canaria subraya que «carece de relevancia quien ejecute las obras». Pero es más, precisa textualmente que «se ha de estimar que el interés general coincide con la voluntad de que las obras no se dilaten mucho más».
Incluso llega a razonar, en los fundamentos jurídicos de la resolución judicial, que «el propio Gobierno tiene interés en su desarrollo, pues de otro modo no hubiese aprobado definitivamente, ni más ni menos que hace 14 años, el 30 de junio de 1990, el Plan Especial del Parque Marítimo de Jinámar», lo que determina la «no existencia de perjuicios irreparables» y que la «defraudación de los intereses generales de produciría con la adopción de la medida solicitada» por el Ejecutivo canario.
Carmelo Ojeda
La resolución judicial que acaba de desestimar la suspensión de las obras solicitada por el Gobierno canario subraya que «el proyecto no debe dilatarse mucho más».
La autoridad judicial que acaba de desestimar la medida que había sido solicitada por el Gobierno regional de que se suspendiera cautelarmente el proyecto de urbanización del Parque Marítimo de Jinámar, según consta en un reciente auto del que ayer CANARIAS7 adelanto el fallo, considera que el «interés general» aconseja que las obras en marcha de este gran complejo comercial de compras y ocio «no se dilaten mucho más».
Frente a la tesis de los servicios jurídicos del Ejecutivo canario que la Administración autonómica es la «única legitimada» para acometer el proyecto del Parque Marítimo de Jinámar, el magistrado titular del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 2 de Las Palmas de Gran Canaria subraya que «carece de relevancia quien ejecute las obras». Pero es más, precisa textualmente que «se ha de estimar que el interés general coincide con la voluntad de que las obras no se dilaten mucho más».
Incluso llega a razonar, en los fundamentos jurídicos de la resolución judicial, que «el propio Gobierno tiene interés en su desarrollo, pues de otro modo no hubiese aprobado definitivamente, ni más ni menos que hace 14 años, el 30 de junio de 1990, el Plan Especial del Parque Marítimo de Jinámar», lo que determina la «no existencia de perjuicios irreparables» y que la «defraudación de los intereses generales de produciría con la adopción de la medida solicitada» por el Ejecutivo canario.
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José Luis González-Ruano -