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TURCÓN - Ecologistas en acción

Alegación completa al Avance del PGO de Moya

Alegación completa al Avance del PGO de Moya De acuerdo con el anuncio del 1 de agosto de 2005, por el que se somete a información pública el Avance del Plan General de Ordenación de Moya, anuncio publicado en el Boletín Oficial de la Provincia el 15 de agosto de 2005 (BOP nº 103); y teniendo este Colectivo Turcón-Ecologistas en Acción, entre sus fines estatutarios la defensa del medio ambiente, de la naturaleza, la conservación del patrimonio histórico, y la colaboración con las administraciones públicas para una protección efectiva de todos estos elementos, es por lo que presentamos el siguiente pliego de ALEGACIONES, en documento perfectamente numerado.



ALEGACIÓN PRIMERA sobre la Agenda 21 Local:

Los pueblos y ciudades son el espacio común que los seres humanos hemos creado para el desempeño de nuestras actividades, ya sean laborales, de relación o de ocio. Su planificación conlleva la atención a múltiples factores que determinan nuestra vida y debe abordar, no sólo todas las necesidades que los ciudadanos demandan, sino también los efectos que su crecimiento puede conllevar en el entorno donde se encuentran.

Por eso, en una sociedad moderna como la nuestra, en la que la vida diaria se manifiesta como un conjunto de idas y venidas, en una búsqueda continua de la satisfacción, el progreso urbano debe ser algo más que el crecimiento de la población, infraestructuras de comunicación, servicios, dotaciones y equipamientos. El progreso urbano es la creación de espacios comunes habitables, saludables y sostenibles donde desarrollar la vida humana y las múltiples interrelaciones en las que se basa.

Estos son, en resumen, los planteamientos de la Carta de Aalborg, en la que las ciudades europeas se comprometen a desarrollar procesos hacia la sostenibilidad local mediante la puesta en marcha de herramientas básicas y estrategias que favorezcan la consecución de ciudades y pueblos integrados socialmente, donde su desarrollo no tenga un impacto sobre la naturaleza.

La Agenda 21 Local

En el año 1992 se produjo uno de los encuentros más importantes de la historia de la humanidad, la Cumbre de La Tierra sobre Medio Ambiente y Desarrollo, más conocida como la Cumbre de Río. En esta Cumbre, no sin dificultades y con grandes dosis de conservadurismo, se tomaron acuerdos y se firmaron declaraciones importantísimas para el futuro del planeta y de las generaciones venideras. Algunas de ellas, como la Convención sobre el Cambio Climático y el Convenio sobre Biodiversidad, han marcado gran parte de la política internacional de los últimos diez años y han conseguido calar hondo en la sensibilidad de la población mundial. Pero también, en la Cumbre de Río, se aprobó por unanimidad otro acuerdo que debía suponer un compromiso político al más alto nivel en favor de la sostenibilidad del planeta. Hablamos de la Agenda 21.

La Agenda 21 no se plantea simplemente como una marca más, sino como una filosofía y un programa de acción en el siglo XXI, con determinaciones y propuestas muy concretas, en las que se reconoce que la población es una de las principales fuerzas para conseguir el cambio ecológico en el planeta. Es más, cuando en la Agenda 21 se exhorta a los países para que adopten estrategias hacia la sostenibilidad, se hace especial hincapié en que este proceso ha de contar con la amplia participación de todos los sectores, incluidas las organizaciones no gubernamentales y el público en general. Las Naciones Unidas hicieron un llamamiento a todas las comunidades locales para que crearan su propia Agenda 21 traduciéndola en planes y acciones concretas hacia la sostenibilidad. Este proceso debería llevarse a cabo a través de un diálogo abierto con sus ciudadanos, organizaciones locales y empresas privadas, recibiendo aportaciones, promoviendo un consenso y obteniendo la información necesaria para formular las estrategias locales hacia una política económica y social más ecológica.

Si hay algo que motiva de este proceso es el cambio de filosofía que se sugiere en la forma de gobernar. Propone, al fin y al cabo, que las autoridades locales, democráticamente elegidas, cuenten permanentemente con la participación ciudadana en la toma de decisiones. Esto supone, sin duda, una pequeña revolución para nuestros gobernantes ya que les demanda cambios importantes de estilo: menos paternalismo, más apertura, menos prepotencia y, lo que quizá más miedo les da, un poco de pérdida de protagonismo en favor de la sociedad. A cambio, se obtendría una mayor corresponsabilidad de los ciudadanos y, seguramente, grandes dosis de sentido común en la definición de prioridades y líneas de actuación de las políticas locales.

Los planes generales son una herramienta fundamental que debe emanar de un proceso de participación como el diseñado en las Agendas-21 Local. Moya debe replantearse su modelo de planeamiento, y redefinir su PGO adaptándolo a estos sistemas internacionales de planificación. En ocasiones se confunden todos estos elementos y se nos presentan unos documentos “precocinados”, para después conseguir la complicidad del pueblo. El procedimiento es justamente al contrario, las personas comienzan los procesos desde la base para después ir definiendo sus verdaderas necesidades.

Moya nos presenta el Avance del PGO de Moya-adaptación plena, el documento más importante de una ciudad, para información pública el mes de agosto, con reducción de horario y días (sábados cerrados), y tan solo un mes (podría haberlo puesto dos meses). Vaya que para cumplir el trámite y poco más. Pues este gesto es el hecho más palpable de que precisamente se actúa en contra de los principios de la Agenda 21-Local que aspira a un proceso más abierto y dialogado, donde el ciudadano es el protagonista y no el documento normativo.

El ayuntamiento de Moya ha pecado de simplista (queremos pensar esto) y cree que un territorio de casi 32 kilómetros cuadrados, con 23 núcleos de población dispersos, con una población de más de ocho mil habitantes, con una superficie protegida del 67%, aproximadamente, se gestiona en un mes de agosto. Esto poco menos demuestra el poco interés que tiene sus gobernantes para que la gente participe y pueda poco menos conocer qué van a hacer o lo que dejan de hacer un su barrio.


ALEGACIÓN SEGUNDA sobre modelo y adaptación a directrices:

En cuanto a la regulación del suelo urbano CONVIENE recordar las Directrices de Ordenación General y las Directrices de Ordenación del Turismo de Canarias (Ley 19/2003, de 14 de abril), que en su Directriz 48, establece el “Modelo territorial básico. (NAD)” y describe los condicionantes siguientes:

1. Las presentes Directrices contribuirán a la concreción del modelo territorial básico de Canarias, cuyas líneas fundamentales se contienen en los artículos 3 y 5 del Texto Refundido de las Leyes de Ordenación del Territorio y de Espacios Naturales de Canarias, que establecen los criterios y los fines para la actuación de los poderes públicos.
2. Las intervenciones tanto públicas como privadas, que se lleven a cabo en el archipiélago canario, deberán de perseguir un modelo territorial integrado y sostenible, conforme a los criterios de la Estrategia Territorial Europea, basándose en:
a) La configuración de un territorio equilibrado, organizado en un conjunto de centralidades escalonadas que permitan el acceso de los ciudadanos a unos servicios eficientes y una mejor calidad de vida, la consolidación de unas ciudades más dinámicas, el desarrollo endógeno de las áreas rurales y una mejor y más diferenciada articulación entre el medio rural y el medio urbano.
b) La integración la ordenación ambiental y territorial, predominando los criterios y determinaciones ambientales.
c) La conservación de los recursos naturales, los suelos de interés agrario y los que se encuentren en zonas del litoral y los paisajes, considerándolos como recursos estratégicos para el desarrollo económico, la cohesión social y el bienestar de la población. Tendrán la misma consideración que el capital financiero, de forma que ambos serán igualmente relevantes en la toma de decisiones.
d) El desarrollo de núcleos de población más compactos, complejos y atractivos, en los que se use más eficientemente el suelo, mediante su reutilización y densificación, y se impulse la integración social y funcional, evitando la práctica extensiva de la zonificación urbana.
e) La igualdad de acceso a las infraestructuras, los equipamientos y recursos vinculados con el conocimiento.
f) El reconocimiento de la isla como unidad básica de planeamiento de los recursos naturales y del territorio y al municipio como unidad de ordenación urbanística,
g) La contención de la extensión urbana y fortalecimiento de la gestión urbanística y la intervención pública en el mercado del suelo,

ALEGACIÓN TERCERA sobre los usos del territorio en los Espacios naturales protegidos:

De acuerdo con la Disposición Transitoria 5ª, número uno y cuatro del Decreto Legislativo 1/2000, de 8 de mayo, todos aquellos suelos incluido dentro de algún Espacio Natural Protegido que no tenga aprobado definitivamente su documento de planificación, este PGO debe categorizar el suelo como “rústico de protección natural”.

ALEGACIÓN CUARTA: sobre el documento de avance, que carece de alternativas y estudios de impactos ambiental:

Al no existir todavía el reglamento del Texto Refundido sobre contenido documental de los instrumentos de ordenación, sigue estando vigente el Decreto 35/1995, por el que se aprobó el Reglamento de Contenido Ambiental de los Instrumentos de Planeamiento, que en el apartado 1 de su artículo 3 (que se titula, justamente "Alternativas y Avance de Planeamiento") establece que "El Avance de Planeamiento constituye el documento básico para exponer y evaluar las diferentes alternativas planteadas a partir de los objetivos y criterios ambientales contemplados en el propio documento." O, lo que es lo mismo, que el objeto fundamental del Avance no es otro que exponer y valorar las alternativas existentes, y propiciar su debate; si ésto no se hace con rigor, el Avance es un trámite inútil o, lo que es lo mismo, el documento de avance no es válido para el fin que se persigue y, por tanto, debe ser reformulado y vuelto a someter a trámite, para que cumpla su objetivo fundamental.
La importancia del Avance, en este sentido, está establecida desde el Preámbulo del Decreto 35/1995, que señala que "el mejor aprovechamiento de las determinaciones ambientales exige reforzar la figura del Avance de Planeamiento como el momento procedimental idóneo para evaluar las alternativas que deban plantearse en función, entre otros factores, de los distintos efectos ambientales producidos, por lo que, en este sentido, el presente Reglamento desarrolla el artículo 103 del Real Decreto-Legislativo 1/1992, en relación con el artº. 8.1 de la Ley Territorial 1/1987, de 13 de marzo, reguladora de los Planes Insulares de Ordenación, y 125 del Reglamento de Planeamiento. Se especifica la obligatoriedad y contenido mínimo del Avance de Planeamiento, con objeto de garantizar que sirva efectivamente para alcanzar los fines de participación pública e institucional que se le asignan, y para el análisis específico de los contenidos ambientales y de los criterios, objetivos, alternativas y soluciones generales del planeamiento que tiene que expresar el documento".

El contenido documental mínimo del Avance, es establecido por el art. 11 de este Reglamento, cuyo apartado 11.1.c) incluye, entre la documentación necesaria, el "examen y análisis ponderado de las diferentes alternativas contempladas, incluyendo el de los efectos diferenciales de cada una de ellas sobre el medio ambiente y su grado de adecuación a los criterios y objetivos ambientales definidos."

La definición de estos criterios y objetivos ambientales (¡ambientales! y no solo sectoriales) constituye otra obligación del documento, que se establece por el artículo 5 del Reglamento, que merece ser reproducido en su integridad:
"Artículo 5.- Objetivos ambientales.

1. Toda figura de planeamiento territorial y general deberá definir, para el ámbito que ordena, el modelo de utilización del territorio que garantice una mayor calidad ambiental, por lo que sus determinaciones habrán de ser analizadas en función de las características y valores del territorio, y de su capacidad de acogida para los usos pretendidos.

2. Constituyen el ámbito de análisis y el objeto de valoración ambiental propio de este nivel de planeamiento, la localización sobre el territorio de los usos, actividades y grandes infraestructuras, y la definición de sus características generales.

3. La mejora de la calidad ambiental y la reducción de los efectos negativos sobre el medio deberán referirse no sólo a los nuevos procesos definidos en el planeamiento, sino a la corrección de los procesos de deterioro existentes con anterioridad."

Por tanto, venimos a decir que el Avance expuesto por el Ayuntamiento de Moya, debe redefinirse en tanto en cuanto no cumple (o lo hace de manera insuficiente) el Decreto 35/1995, además de no poseer los documentos necesarios tal como se ha comentado en los párrafos anteriores.



ALEGACIÓN QUINTA sobre los senderos:

Nos alegra contemplar como este PGO realiza un inventario de sus caminos y senderos tradicionales. Como antes indicábamos, muchas de las costumbre van evolucionando y en esta ocasión toca felicitar al ayuntamiento por la apuesta de proteger estos caminos y además, limpiarlos, mantenerlos y señalizarlos. La lista documentada que aporta el plan, nos gustaría que fuera más completa, poniendo por ejemplo la longitud del camino, o por qué no, ampliarla a otros caminos, que tiene ese municipio.

La urbanización dispersa e incontrolada, las adquisiciones de dobles fincas y las ansias de ampliación de algunos propietarios, poco a poco van llevando a la ocupación, cierre o eliminación de estos senderos que constituyen un patrimonio etnográfico en cualquier parte de la nación. A este respecto hay que mencionar las nuevas leyes que protegen los senderos (Ley 3/1995, de 23 de marzo sobre las vías pecuarias; y el artículo 319 del Código Penal, Ley 10/1995). Sería interesante que el Ayuntamiento de Moya, a través de su PGO hiciera una mención especial para el respeto y protección de estos antiguos caminos, que en una época fueron las únicas vías de comunicación de este pueblo y su entorno.

Apostamos a nivel insular por un inventario de toda la red de caminos principales, secundarios y terciarios. Bien señalizados y para ello, sugerimos al PGO su coordinación con la carta etnográfica que tiene elaborada la FEDAC, no solo en lo que respecta a los valores etnográficos, arqueológicos, hidráulicos, etc..., sino también a estos caminos que sino se cuidan y limpian acabaremos perdiendo un trozo de la historia del pueblo.

ALEGACIÓN SEXTA, sobre energía renovable:

Ordenanza municipal sobre energía renovable:

Aplicación de políticas de reducción del consumo de los recursos no renovables. Es precisa una disminución del consumo energético de las islas, promoviendo políticas de ahorro y eficiencia, así como de desarrollo, hasta ahora inexistente de las energías renovables, para que en los próximos años disminuya, y no aumente como hasta ahora, el consumo de combustibles fósiles en Canarias para generar electricidad. Canarias debe asumir de forma real el cumplimiento del compromiso de reducción de emisiones de Kyoto. Todos los ayuntamientos de Canarias deben tener planes municipales de ahorro y eficiencia energética en funcionamiento. En este campo se propone a modo de sugerencias para incorporar en el PGO, lo siguiente:

 Redactar un programa de ejemplaridad en los edificios públicos en el uso de la energía. Dicho programa habrá de contemplar un ahorro del 15% de energía de los edificios teniendo como horizonte el año 2010, y dar ejemplo del uso de energía solar, extendiendo la ejecución de proyectos de solarización a los edificios públicos y centros educativos.

 Redactar una normativa de construcción y reparación de edificios dirigida a la mejora de la eficiencia en el uso de la energía en los mismos, que incluya la obligación de incorporar los criterios de la arquitectura bioclimática en todo proyecto de construcción o reforma de edificios, que exija el máximo aprovechamiento de la energía solar pasiva para iluminación y climatización, y que prevea la integración arquitectónica de colectores solares térmicos y módulos fotovoltaicos. Dicha norma contemplará apoyos públicos para los edificios y viviendas más eficientes.

Reducir un 10% el impuesto sobre bienes inmuebles a las viviendas con energía solar.

Reducir un 10% el impuesto sobre actividades económicas a las empresas que utilicen energías renovables o cogeneración. Restablecer un sistema de compensaciones económicas que promocione la cogeneración.

ALEGACIÓN SÉPTIMA, sobre el ahorro del agua:

Sobreexplotación de recursos naturales y recuperar la cultura del ahorro del agua:

Implica principalmente a la sobreexplotación de los recursos subterráneos a través de pozos, sondeos y galerías. Cuando las extracciones globales superan con mucho la capacidad de recarga de los acuíferos, el nivel freático disminuye. Se ven afectados primeramente los manantiales naturales, disminuyendo su caudal o desapareciendo prácticamente, posteriormente las propias captaciones subterráneas han de rediseñarse para mantener los caudales. En general, en relativamente poco tiempo, se generan problemas ambientales y socioeconómicos:

Agotamiento de galerías, abandono de pozos, desabastecimiento de las áreas de riego dependientes de cada fuente de suministro, incrementos de los precios del agua, abandono de la agricultura, erosión del suelo, deterioro del paisaje, disminución de la capacidad de producción del sector primario en las áreas rurales, agotamiento prácticamente irreversible de las reservas acumuladas durante largos períodos, afección forestal, contaminación de los acuíferos costeros por intrusión marina.

Otro aspecto directamente relacionado con la sobreexplotación de los recursos subterráneos y su escasez, es la desaparición de comunidades higrófilas asociadas a cauces permanentes de agua, que aparte de tener un valor escénico y paisajístico tiene un alto interés ecológico. En este caso surgen competencias de uso que desembocan, en algunos casos, en el entubamiento de los cauces ya sea para minimizar pérdidas por evapotranspiración o para darle un uso energético al agua, como ha ocurrido en La Palma, en la Reserva de La Biosfera del Canal y Los Tiles, o en barrancos emblemáticos de Gran Canaria como Guayadeque, Los Tilos , La Mina,...

En cuanto a la explotación de los recursos superficiales, se puede llegar a producir efectos perniciosos cuando se pretende llevar hasta las últimas consecuencias la regulación de barrancos, de tal forma que desaparecen asentamientos, comunidades vegetales y animales singulares, etc.

Gestión sostenible del agua y de los espacios libres del municipio: El agua es un recurso indispensable para la calidad de vida, la salud de los ecosistemas, para la actividad económica y la preservación del paisaje. Los municipios han optado, hasta ahora, por el camino de potenciar la oferta de agua y fomentar su derroche acompañado, además, de una política de destrucción de la infraestructura hídrica tradicional. Instamos a que incorporen en sus planes de trabajo programas de gestión de la demanda de agua promoviendo el ahorro y el uso eficiente, frente al incremento exclusivo de la oferta. Solicitamos un cambio radical que tienda hacia un modelo más sostenible, menos derrochador de recursos y más duradero.
Proponemos a continuación una estructura para un programa de conservación del agua:

Un Programa de Conservación del Agua es una iniciativa que persigue la realización de un conjunto amplio de actuaciones orientadas a reducir la demanda de agua, mejorar la eficiencia en el uso y evitar el deterioro de los recursos hidráulicos en un determinado ámbito territorial y sectorial. Las diversas actividades que cabe contemplar en un Programa de Conservación se articulan en forma de programas sectoriales o subprogramas, los cuales, atendiendo a sus contenidos, pueden ser clasificados en cinco grupos:
Programas de Infraestructura
Programas de Ahorro
Programas de Eficiencia
Programas de Sustitución
Programas de Gestión

El PGO es una herramienta potentísima de planificación del futuro de una ciudad, de un municipio. Es un documento perfecto para iniciar un camino y una estrategia en concordancia con un desarrollo sostenible y una solidaridad intergeneracional, donde el recurso AGUA se vuelva a poner en la línea de salida de las prioridades de las autoridades políticas.

ALEGACIÓN OCTAVA, sobre la protección de árboles singulares:

Ordenanza municipal para proteger a los árboles monumentales:

En este apartado, otros ayuntamientos ya han apostado por realizar un inventario de árboles singulares, adultos, árboles únicos y esbeltos, además de aquellos que están protegidos por las leyes sectoriales.

La idea es detallar la belleza y realzar la importancia de los mismos en el contexto natural, como en el histórico del municipio. Algunos árboles son referentes de la memoria histórica del pueblo, de leyendas y misterios, de historietas familiares o arquitectónicas.

Por un lado, esta ordenanza sería un complemento a la Ley de flora vascular silvestre, y por otro, ampliaría la protección a árboles que están en jardines, fincas privadas, que por mor de la expansión urbanística puedan ser destruidos.

ALEGACIÓN NOVENA, sobre las obras o infraestructuras que propone el Avance:

Queremos hacer unas observaciones especiales sobre las obras o intenciones del ayuntamiento en cuanto a:

 Construcción de un Centro deportivo de Alto Rendimiento, junto al campo de fútbol de Fontanales, en la zona del Barranco de Horcajada, dentro del Paisaje Protegido de Cumbres. Antes habría que conocer y justificar la necesidad de esa instalación, la demanda existen y los objetivos a perseguir. Por otro lado, la propuesta de ubicarlo en esa zona, nos parece poco menos que marginal, al estar a unos cuantos metros del centro de Fontanales.

 Finca de los Delgados, mitad dentro del Reserva de los Tilos de Moya cuyo documento de planificación está cerrado y no permite ninguna construcción, y la otra mitad de la finca se encuentra en parque rural. Las intenciones de los propietarios –archiconocidas- es la construcción de un complejo residencial (hotel, albergue, etc…). Esta finca tiene elementos muy interesantes para su conservación y por tanto vamos a realizar un seguimiento a las intenciones privadas y su acogida en el PGO.

 Area recreativa de La Josefa. Nada que objetar salvo el respeto a la vegetación existente y medidas para ampliar cobertura vegetal no sin recomendar obras blandas que no distorsionen en el paisaje rural de la zona.

 Reforma de la antigua escuela unitaria para hacer un albergue en la zona de Corvo-Lomo de la Corcova. Nada que objetar ya que se reutilizará una instalación levantada. Solicitamos respecto para la vegetación circundante y nada de mejoras del firme con asfalto. Por esa zona discurrir el antiguo camino real que las personas utilizaban para llegar a Moya. Era el lugar del transito lineal pedestre para unir los caseríos de El Tablero, Lomo el Marco, Corvo, … con la zona de La Fonda a la entrada de Moya. Es interesante instalar más que asfalto, aparcamiento, etc.. poner paneles educativos en el contexto de una educación ambiental respetuosa y dando ejemplo de una actuación municipal rigurosa.

 Infraestructuras viarias. Nuestro colectivo desea un desarrollo armónico de Moya respetando su entorno natural de toda la vida, en este aspecto sabemos de las grandes infraestructuras que se quieren construir en la zona del litoral. El PGO también, en algunos apartados, manifiesta la intención de alguna vía para acceder al centro urbano de Moya. Evidentemente haremos un seguimiento especial de todos estos procedimientos de planificación, porque nuestra apuesta es por una mejora de la red secundaria en Gran Canaria, sin llegar a tener que construir nuevas carreteras.


En base a estos argumentos, SOLICITAMOS:

1.-) Que tome en consideración esta alegación y la acepte como parte del expediente administrativo, declarándonos interesado en el procedimiento de acuerdo con el artículo 31.1.b), de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

2.-) Que valore las propuestas que se hacen en este documento, y las incorpore en el PGO para enriquecer su contenido y mejorar en aquellos aspecto que usted crea conveniente.

Nosotros quedamos a su disposición, para cualquier aclaración que precise, mientras tanto reciba un cordial saludo,
Juan Jiménez Alemán
Presidente del Colectivo Turcón

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