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TURCÓN - Ecologistas en acción

Comunicados

La Selva de Doramas, ¿sabes lo qué es?

La Selva de Doramas, ¿sabes lo qué es? La Selva de Doramas, un programa radiofónico coordinado por el Colectivo Turcón-Ecologistas en Acción.

Entrevistas, noticias, debate, información. Todo sobre el medio ambiente, el patrimonio, la naturaleza, la contaminación. Un programa ecologista que intenta divulgar la actualidad medioambiental de la Isla de Gran Canaria.

Lo podrás escuchar en Radio Cibelio, 89,2 FM, desde Juan Grande hasta El Rincón, desde Telde hasta Santa Brígida. Amplia cobertura para seguirnos, los días de emisión.

Todos los miércoles de 20,30 horas a 22 horas.
Se repite los Jueves, de 8 a 9,30 horas
Se repite los sábados, de 19 a 20,30 horas
y los domingos, de 10 a 11,30 horas.

¡escuchanos!

Asamblea General Ordinaria de Turcón

Asamblea General Ordinaria de Turcón Convocatoria de la Asamblea General Ordinaria del Colectivo Turcón-Ecologistas en Acción

Viernes día, 28 de enero de 2005.
20,00 horas
Local: Reyes Católicos, nº 9-local bajo
San Gregorio de Telde

Orden del día:
1.-) Ronda de presentación de los presentes.
2.-) Aprobación, si procede del informe de tesorería del año anterior
3.-) Renovación de miembros de junta directiva, si procede.
4.-) Valoración y resumen del año 2004.
5.-) Diversos temas de actualidad
6.-) Asuntos de urgencia
7.-) Ruegos y preguntas

Turcón alega contra el Parque Aeroportuario

Turcón alega contra el Parque Aeroportuario El pasado viernes acabó el plazo de presentación de alegaciones en el Cabildo de Gran Canaria.

Turcón-Ecologistas en Acción presenta un amplio documento justificando su oposición a la zona aeroportuaria, sobre todo por el enorme "derroche" de suelo y la oferta de suelo industrial sobredimensionada en la isla de Gran Canaria. Manifiestan en su documento que se enconden oscuros intereses en las prisas por hacer las expropiaciones.

Se reproduce a continuación el texto completo.

"Que de acuerdo con la publicación, en el Boletín Oficial de Canarias (3-12-2004), del anuncio de ese Cabildo por el que se somete al periodo de información pública el Avance del Plan Territorial Especial del Parque Aeroportuario de Actividades Económicas de Gran Canaria, queremos hacerle llegar nuestras valoraciones y alegaciones al documento expuesto.

Para ello, presentamos el presente pliego de alegaciones en páginas perfectamente numeradas.

DATOS DE INTERÉS:

OBJETIVO DEL PLAN: desarrollo de una operación estratégica al objeto de crear un Parque de Actividades Económicas para aprovechar las oportunidades generadas por el Aeropuerto de Gran Canaria con el fin de atraer a actividades empresariales, productivas, logísticas y comerciales

SUPERFICIE AFECTADA: 202, 27 Ha. (Telde: 124,30 ha) – (Ingenio: 71,75 ha)
SG-6, SUSNO del PGO de Telde, superficie 1.780.000 m2.
SUS-I-Majoreras industrial, aparte Majoreras Sur, Majoreras Norte (T.M. de Ingenio).

ARGUMENTACIÓN JURIDICA: la creación de este Parque se basa en los Planes Insulares de Ordenación (PIO-1995 y actual 2004)

NÚMERO DE PARCELAS AFECTADAS: 102 parcelas – 52 propietarios distintos
Telde: 66 – 31
Ingenio: 36 - 21

AFECCIONES MÁS IMPORTANTES:
Ocupación de suelo productivo. Suelo agrológico que este Avance considera como un impacto “medio-alto”. Desaparición de todas las plantaciones, y toda la red de infraestructuras anexas.
Voladuras en 1,4 Ha.
Ocupación de 6 cauces de barrancos. Algunos se propone su desvío y canalización.
Yacimiento arqueológico (La Montañeta)
REDACTORES DE ESTE AVANCE DE P.T.E: “Queiros y Asociados”

ANTECEDENTES GENERALES DEL SUELO INDUSTRIAL:

Las relaciones discordantes, entre la actividad o el uso industrial del suelo y el medio ambiente, es un tema en el que existe una relativa profundización en trabajos diversos. Se llega a decir que: “la industria es considerada como uno de los principales agentes responsables del deterioro ambiental, puesto que ha ido creciendo y evolucionando sin el menor respeto por el medio, provocando alteraciones en la composición de la atmósfera, el agua y el suelo, consumiendo grandes cantidades de recursos, generando residuos y contribuyendo tanto a la degradación de los atributos estéticos del paisaje como a la aparición de fuertes desequilibrios sociales y territoriales “ (Méndez y Caravaca-1996).

Las iniciativas oficiales por ordenar, revitalizar a la industria y localizarla en lugar más o menos preparados para el fin, en el caso de Gran Canaria, se podrían remontar al Decreto del Gobierno Central nº 484/1969 sobre Zona de Preferente Localización Industrial, precedente inmediato a la creación del Polígono Industrial de Arinaga (1972), al que luego se le añadió el Decreto 3.030/1976 por el que se crea la Sociedad de Desarrollo Industrial de Canarias (SODICAN), apareciendo mucho más tarde nuevos mecanismo de incentivo, como el Régimen Económico y Fiscal de Canarias con la creación de la Zona Especial de Canarias (ZEC), cuyo objetivo es atraer empresas y capitales que permitan competir a la ciudad con otras zonas 0ff-shore del entorno internacional y favorecer el desarrollo de actividades de transformación orientadas al mercado internacional.

Sin embargo, estos intentos oficiales de ordenar el suelo industrial bajo nuestra perspectiva, se han visto seriamente mermados por dos motivos principales:

a) Creación de asentamientos industriales espontáneos con un gran impacto y descontrol, con fuertes implicaciones en las dinámicas de las actividades antrópicas. Un fenómeno especulativo generado por los propietarios del suelo con raíces en la demanda de pequeñas industrias.
b) Apoyo municipal a la creación de suelo industrial, de carácter marginal, disperso, con escasa integración paisajística y reducido tamaño. Esta política de los ayuntamientos colisiona fuertemente con las iniciativas insulares, del Cabildo, con una visión más global e integradora.

Con estos antecedentes llegamos a un escenario industrial en la Isla de Gran Canaria que se puede sintetizar con las siguientes cifras:

Seis áreas industriales espontáneas
Trece polígonos industriales espontáneos
35 áreas industriales en total en G.C.
Dimensión del suelo industrial activo en Gran Canaria: 7.035.100 m2 superficie total (21,7% Isla).
Superficie edificable: 5.067.423 m2
Superficie ocupada: 2.849.113 m2
Superficie libre: 2.219.310 m2 (43%). Importante este dato, que en el caso de Arinaga se podría decir que está ocupada un 40% de su superficie.

Pero más significativo, es el dato de crecimiento previsto, en torno al 15,8% de suelo industrial, según los planeamientos municipales que de manera dispersa se crearán en toda la geografía insular. Un total de 3.170.400 m2 diseminados por zonas, como por ejemplo Montaña Blanca (Arucas), San Isidro el Viejo (Gáldar), Las Huesas y Silva (Telde), El Hornillo (San Mateo), Las Majoreras (Ingenio),La Palmita (Agaete), Albercón de la Virgen (Guía), Tres Acequias (Teror) y la última incorporación del ayuntamiento de Valsequillo.

Resulta pues, difícil de encajar y justificar una nueva área industrial para el desarrollo de actividades económicas en Gran Canaria, máxime cuando las que están consolidadas tienen aún espacio y superficie para acoger a nuevas industrias, amen de las enormes deficiencias en cuanto a equipamientos y modernización que tienen diversos polígonos a los cuales se les debería atender antes de crear nuevas áreas.

EL PIO DE GRAN CANARIA:

El PIO recoge la necesidad de construcción de un nuevo campo de vuelos en el aeropuerto de Gran Canaria, cuyos fundamentos se recogen en el Plan Director elaborado para dicho aeropuerto. La finalidad de los Planes Directores de Aeropuertos es definir las grandes directrices de ordenación y desarrollo del aeropuerto hasta alcanzar su máxima expansión previsible. Con esta finalidad define la zona de servicio del aeropuerto (art. 2.1 RD 2591/1998), que comprende las superficies necesarias para la ejecución de las actividades aeroportuarias, las destinadas a las tareas complementarias de éstas y los espacios de reserva que garanticen la posibilidad del desarrollo y crecimiento del conjunto y aprobará el correspondiente Plan Director de la misma, en el que se incluirán, además de las actividades contempladas en el artículo 39 de la Ley de Navegación Aérea, de 21 de julio de 1960, los usos industriales y comerciales cuya localización en ella resulte necesaria o conveniente por su relación con el tráfico aéreo o por los servicios que presten a los usuarios del aeropuerto (art. 1 RD 2591/1998). Entre los contenidos se destacan los espacios de reserva que garanticen la posibilidad de desarrollo y expansión del aeropuerto y que comprendan todos aquellos terrenos que previsiblemente sean necesarios para garantizar en el futuro el correcto desenvolvimiento de la actividad aeroportuaria (art. 2.2b). Por lo tanto, el criterio de definición de estos terrenos es el de la previsión y no otro, y lógicamente sería conveniente esperar a la construcción de la nueva pista antes de acometer los procesos urbanísticos anexos, máxime cuando la pista se fundamente en el flujo de pasajeros, sin cuyo aumento no se construiría la pista y por tanto, no haría falta la zona industrial anexa.

Por otro lado, y en relación con los comentarios del apartado anterior, el Plan Insular de Ordenación no ignoró el complejo sistema socioeconómico, y lanzó una de sus actuaciones estrellas consisten en la creación de un extenso Parque Aeroportuario, anexo a las infraestructuras del aeropuerto y con la expectativa de ampliación del aeropuerto, creando un amplísimo espacio multifuncional, con un rango propio de un sistema integrado, pero realmente excesivo en superficie. Tan grande como la superficie libre aún pendiente de ocupar en los suelos categorizados para tal fin, en la isla de Gran Canaria.

La realidad nos revela a lo largo de la historia industrial en Gran Canaria, que la proximidad a los centros de producción y a la mano de obra, a los recursos…, ha orientado la política de implantación de la industria. En general, la empresa industrial canaria es de dimensiones reducida (pequeñas y medianas empresas), que tiene un promedio de 8,8 trabajadores/empresa, y solamente una cuarta parte supera los 19 trabajadores. En muchos casos las industrias tienen una estructura familiar.

No obstante, aunque la visión insular es reconocida por nuestro Colectivo, no cabe más que cuestionarla cuando no se ponen reparos, alternativas, nuevos mecanismos para evitar el despilfarro de suelo, la ocupación irracional propiciada por cada ayuntamiento, la diseminación del suelo industrial.

Ocupar ahora 202 Ha., en una isla donde no sobra el recurso “suelo”, nos parece realmente excesiva, más cuando las expectativas de crecimiento de las industrias que demandan grandes superficies alejadas de núcleos urbanos en el caso de Gran Canaria, no es relevante.

Otra cosa que cuestionamos es precisamente el apoyo de este Avance del PTE en el PIO. Un PIO de G.C. recientemente publicado en el BOC (junio-2004), y que ha sido impugnado en los tribunales de justicia, por la Federación Ecologistas Canaria (este colectivo está integrado en la misma), por sus “operaciones estrellas” y sobre todo porque es un documento con escaso debate público y social. El PIO adolece de una participación ciudadana, a pesar de la trascendencia que tiene para nuestro territorio. Se fue elaborando sin contar con los distintos sectores afectados, implicados, sectores con trabajo tradicional en la visión insular y de conjunto, omitiendo los procedimientos internacionales para el desarrollo de estrategias de desarrollo sostenible. El derecho de los ciudadanos a la participación política, es decir en los asuntos públicos, se ejerce, de acuerdo con el artículo 23 de la Constitución, pero además ya existen amplios documentos internacionales, por ejemplo: Agenda 21-Local, la Carta de Aalborg, el Convenio de Aarhus y la Directiva europea sobre acceso a la información que han ido ratificando un camino donde las claves para el desarrollo están en LA INFORMACION Y LA PARTICIPACION.

Sin embargo, el promotor del PIO sí buscó un amplio consenso político (pero no social) en los responsables de los 21 municipios, acogiendo sus propuestas para llegar a un consenso y evitar el freno y disenso que tuvo el PIOT del 95.

Recordamos episodios que se sucedieron en las dependencias del Cabildo cuando estaba en información pública el PIO y una veintena de ecologistas y ciudadanos en general nos encerramos para poder en un mes de agosto tener la información completa. Además se presentaron más de 50.000 alegaciones al PIO, a sus operaciones estrellas, a la planificación impuesta, a la construcción de grandes carreteras, etc...

Por ello, venimos a decir que el apoyo que hace este Avance-PTE en el PIO está deslegitimado por este Colectivo, al considerar el PIO un documento viciado y falto de un consenso mayor, y sobre todo, falto de una participación ciudadana que ha permanecido fuera del proceso de construcción de una isla.


LA ALTERNATIVA CERO:

La figura de los Planes Territoriales Especiales toma cuerpo legal a partir del Decreto Legislativo (Texto Refundido) 1/2000, aunque la LOTC-1999 ya lo contemplaba, tiene sus orígenes en la inspiración de la Ley 1/1987, Reguladora de los Planes Insulares de Ordenación (artículo 14).

Es por tanto, los PTE “herramientas” de nueva creación que se suman a la amplia legislación que recae sobre el suelo insular. En el caso de Gran Canaria, se han puesto en información apenas unos pocos PTE.

No obstante, el que sea un documento reciente no exime a sus redactores, de una completa responsabilidad y de una aplicación rigurosa de la legislación canaria.

Vemos con preocupación, en los últimos PTE estudiados y examinados por este Colectivo, la falta de una aplicación más profunda del Decreto 35/1995, por el que se aprobó el Reglamento de Contenido Ambiental de los Instrumentos de Planeamiento.

Ya que no existe todavía el reglamento del Texto Refundido sobre contenido documental de los instrumentos de ordenación, sigue estando vigente el Decreto 35/1995, por el que se aprobó el Reglamento de Contenido Ambiental de los Instrumentos de Planeamiento, que en el apartado 1 de su artículo 3 (que se titula, justamente "Alternativas y Avance de Planeamiento"), establece que "El Avance de Planeamiento constituye el documento básico para exponer y evaluar las diferentes alternativas planteadas a partir de los objetivos y criterios ambientales contemplados en el propio documento”.

O, lo que es lo mismo, que el objeto fundamental del Avance no es otro que exponer y valorar las alternativas existentes, y propiciar su debate; si esto no se hace con rigor, el Avance es un trámite inútil o, lo que es lo mismo, el documento de avance no es válido para el fin que se persigue y, por tanto, debe ser reformulado y vuelto a someter a trámite, para que cumpla su objetivo fundamental.

La importancia del Avance, en este sentido, está establecida desde el Preámbulo del Decreto 35/1995, que señala que:

"el mejor aprovechamiento de las determinaciones ambientales exige reforzar la figura del Avance de Planeamiento como el momento procedimental idóneo para evaluar las alternativas que deban plantearse en función, entre otros factores, de los distintos efectos ambientales producidos, por lo que, en este sentido, el presente Reglamento desarrolla el artículo 103 del Real Decreto-Legislativo 1/1992, en relación con el artº. 8.1 de la Ley Territorial 1/1987, de 13 de marzo, reguladora de los Planes Insulares de Ordenación, y 125 del Reglamento de Planeamiento”.

Se especifica también, la obligatoriedad y contenido mínimo del Avance de Planeamiento, con objeto de garantizar que “sirva efectivamente para alcanzar los fines de participación pública e institucional que se le asignan, y para el análisis específico de los contenidos ambientales y de los criterios, objetivos, alternativas y soluciones generales del planeamiento que tiene que expresar el documento".

El contenido documental mínimo del Avance, es establecido por el art. 11º de este Reglamento, cuyo apartado 11.1.c) incluye, entre la documentación necesaria, el:

"examen y análisis ponderado de las diferentes alternativas contempladas, incluyendo el de los efectos diferenciales de cada una de ellas sobre el medio ambiente y su grado de adecuación a los criterios y objetivos ambientales definidos."

La definición de estos criterios y objetivos ambientales (Ambientales en el más amplio sentido de la palabra, y no solo sectoriales referidos a la cuestión del PTE) constituye otra obligación del documento, que se establece en el artículo 5º del Reglamento, que merece ser reproducido en su integridad:

"Artículo 5.- Objetivos ambientales.

1. Toda figura de planeamiento territorial y general deberá definir, para el ámbito que ordena, el modelo de utilización del territorio que garantice una mayor calidad ambiental, por lo que sus determinaciones habrán de ser analizadas en función de las características y valores del territorio, y de su capacidad de acogida para los usos pretendidos.

2. Constituyen el ámbito de análisis y el objeto de valoración ambiental, propio de este nivel de planeamiento, la localización sobre el territorio de los usos, actividades y grandes infraestructuras, y la definición de sus características generales.

3. La mejora de la calidad ambiental y la reducción de los efectos negativos sobre el medio deberán referirse no sólo a los nuevos procesos definidos en el planeamiento, sino a la corrección de los procesos de deterioro existentes con anterioridad."

Concluimos por tanto, que el documento del Avance del PTE-Parque Aeroportuario está incumpliendo el contenido documental respecto de la exposición y valoración de todas las alternativas posibles.

Salvo que exista más documentación no expuesta al público en las oficinas del Cabildo, NO ES DE RECIBO que este Avance se despache el estudio de alternativas en dos páginas (pag. 65 y 66 de la Memoria), punto 4 “evaluación de alternativas”. Y es más, el estudio de alternativas que hace, es ridículo al margen del Decreto 35/1995, ya que sobre la creación de una nueva zona industrial en Gran Canaria, un parque aeroportuario, solo plantea minúsculas alternativas a los trazados viarios e hidráulicos, y a la orientación de la implantación, sin cuestionarse o dudar de la justificación real de esta nueva ocupación de superficie de suelo rustico.

La alternativa CERO es precisamente una alternativa ya reivindicada por este Colectivo en otros PTE, porque en un contexto de Ley de Moratorias Turísticas, Directrices Generales de Ordenación, en un espacio reducido como la isla de Gran Canaria, en un lugar geográfico donde ya existen más de 35 núcleos industriales, amen de las nuevas incorporaciones ya descritas en apartados anteriores a este; todo ello supone, a nuestro entender un despilfarro del recurso suelo, y un más que sospecho objetivo de las expropiaciones, cual puede ser la especulación del suelo y los pingües beneficios para el consorcio y las instituciones que lo componen.

EL SOBREDIMENSIONAMIENTO DE LA OFERTA:

El estudio del espacio industrial en Gran Canaria revela que los polígonos, como media tienen una superficie de 240.130 m2 (HERNÁNDEZ, S. y MORALES, G.), frente a los 3.433.023 m2 de Arinaga.

Arinaga es un caso especial, con peculiares relaciones territoriales y paradigmáticas que nos sirve para justificar nuestro planteamiento de sobredimensionamiento de la oferta.
El polígono industrial de Arinaga se funda en 1972, pero sus obras se demoraron hasta 1976. De toda su superficie, un 64% es utilizable para uso industrial, lo que sigue siendo mayor que el resto de los polígonos al completo.

Otro dato que acercamos, es la referencia europea, por ejemplo países eminentemente industriales (Alemania, Gran Bretaña o Francia) mantienen una media, una cifra óptima que no excede de 1.500.000 m2 de superficie.

Arinaga, treinta años después se encuentra a un 40% de ocupación (en sus estimaciones más optimistas), 1,4 ha de suelo ocupado, ubicándose tan solo, la mitad de los propietarios que han comprado parcelas en Arinaga.

El fracaso se podría apuntalar sobre este primera disfuncionalidad (superficie-demanda), lo que evidencia que el modelo de crear vastas y extensas zonas no son adaptables a un territorio como el grancanario, donde no se generan las economías de escala y los procesos industriales, tal como se darían, en los territorios continentales.

Por ello, desde el Colectivo Turcón, venimos a decir que la creación del Parque Aeroportuario y la superficie que se está planificando, nos parece realmente exagerada para el entorno insular donde vivimos, injustificada por la falta de demanda, y observamos que la celeridad con la que se estaba elaborando el Avance del PTE (sin publicar el PIO -junio,2004- ya estaban casi terminado este Avance) esconde oscuros intereses.

LAS DEBILIDADES DEL SUELO INDUSTRIAL:

Un estudio de viabilidad realizado en junio de 1993 (¡¡hace 12 años!!) sirvió para dictaminar los requerimientos del marco económico para que el proyecto fuera viable. Sirvió de base para los PIO’s de Gran Canaria y sirve también de argumentación a este Avance-PTE.

Al margen de la consideración de ser un documento poco menos que desfasado, cosa por lo menos discutible, es necesario traer al debate otros documentos de mayor actualidad, como por ejemplo, el trabajo realizado por el Cabildo de Gran Canaria en colaboración con la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria, titulado “Gran Canaria Siglo XXI” (edición 1998-2000) que realizaba un profundo análisis del suelo industrial y significaba en cuanto a las “debilidades” de estas zonas lo siguiente:

“el suelo industrial es caro con déficit de equipamientos, existen déficit de urbanización en calles, suministros de agua, saneamientos y depuración, tomas de agua contra incendios, zonas verdes, etc.. . Escasez de equipamientos y servicios; y una mala imagen derivada tanto de las propias construcciones como de las zonas comunes”

Es muy interesante estas apreciaciones porque evalúan de una manera objetiva el estado de las áreas actuales, ya que entendemos en un contexto territorialmente limitado, se debe aspirar a una colmatación y optimización de lo que existe, antes de planificar nuevas ocupaciones de suelo rústico.

Pero, ahondando en estudios más recientes, el panorama económico canario se orienta por las micro-empresas, por la emprendeduría. Los nuevos licenciados aspiran a montar sus propias empresas. Eso cambia totalmente el panorama que definía el estudio del año 1993. Estas emprendedurías tienen otros requerimientos, otras necesidades, más apoyada en las nuevas tecnologías y en instalaciones mancomunadas. No necesitan naves industriales, y mucho menos zonas aeroportuarias. Entonces, nos asalta una pregunta, no resuelta por el avance-PTE, ¿para quién se expropia? ¿qué empresas serán las que se instalen?

LA PROPIEDAD PRIVADA:

La verdad es que la lectura de estos avances de PTE’s no nos dejan de sorprender. Son capaces de estudiar milimétricamente la avifauna, la flora, los elementos etnográficos, (que está muy bien), pero se olvidan del factor humano, de la propiedad privada, del daño que pueden ocasionar a familias enteras por culpa de todas estas maniobras especulativas sobre el suelo rústico.

La estructura de la propiedad privada viene consagrada en los artículos 33 de la Constitución Española y en el artículo 30.2 del Estatuto de Autonomía de Canarias, relacionados con los artículos 2º y 4º del Decreto Legislativo 1/2000, de 8 de mayo, por el que se aprueba el Texto Refundido de las leyes de ordenación del Territorio de Canarias y de Espacios Naturales de Canarias.

El avance no estudia ni un ápice el impacto sobre la propiedad privada, sobre las personas, sobre los bienes, derechos adquiridos en fincas, casas de labranzas. Ni si quiera tiene un análisis presupuestario de las indemnizaciones, de las futuras compensaciones. Esto nos lleva a denunciar la indefensión en la que quedan las personas, frente a unas expropiaciones injustificadas para la creación de una mega superficie industrial.

Según la cartografía aportada por el avance-PTE, el futuro parque aeroportuario rodea con su superficie a la Urbanización Ojos de Garza en un 75%, lo abraza o dicho en otras palabras “lo engulle”. Al caserío de Ojos de Garza lo abraza casi en sus ¾ partes. Todo esto dando por sentado que el Ministerio será quien expropie todas estas viviendas, y en un futuro desaparezcan del mapa, cosa que por otro lado omite este PTE. Pero contradictoriamente el Plan Director de la ampliación del aeropuerto no contempla la expropiación de la urbanización ya que queda fuera del ámbito afectado, por lo que el resultado puede ser una urbanización de más 100 viviendas y 300 vecinos/as, un núcleo urbano, dentro de un parque aeroportuario.

LA PROTECCIÓN DEL SUELO:

La ocupación del suelo hidráulico (el PTE en algunos casos transforma brutalmente los cauces) es realmente preocupante, igual que las zonas, zonificadas como Bb3 (Draguillo), suelo no urbanizable en el PIO y la zona Bb1.1. (Cardonal) de alto valor productivo.

Son zonas que el PIO-2004 contempla con un grado mínimo de protección, aunque llegado el momento lo dijimos que eran zonas muy apetecibles para el negocio canario de las transformaciones y especulaciones. Lo llamamos la perversión del Bb3, terrenos con esta zonificación, de aptitud productiva de moderado valor agrario, y que se flexibilizaba una vía para que fueran aptos para ser urbanos o urbanizables, por el mero hecho de estar próximos a áreas urbanas o urbanizables, a pesar de que la legislación estatal y autonómica obliga a proteger y conservar los valores medioambientales y agrícolas (existentes o potenciales) del territorio frente a los procesos urbanizadores. Por consiguiente, la finalidad prioritaria de la ordenación debería ser la protección y potenciación de dichos suelos agrícolas, preservándolos de los procesos de urbanización (Ley 6/1998 Sobre Régimen del Suelo y Valoraciones).

Es amplia la legislación canaria que habla de la protección y preservación del desarrollo urbanístico aquellos suelo con valor agrícola existente o potencial. Denunciamos en su momento el artículo que suponía un alto riesgo social por la expectativas urbanística que generaba el PIO, al considerar de hecho como suelo urbanizable la enorme extensión de territorio zonificado como Bb3, porque además vulnera el principio general de la ordenación de la preservación del suelo rústico del proceso urbanizador (Art. 4.2 TRLOTENAC) y que uno de los fines de la actuación de carácter urbanístico será evitar la especulación del suelo y la vivienda. (Art. 6.1.d TRLOTENAC).

Finalmente, quien suscribe esta alegación, SOLICITA:

1.-) Que tome en consideración esta alegación y la acepte como parte del expediente administrativo, declarándonos interesado en el procedimiento de acuerdo con el artículo 31.1.b), de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y consecuentemente, se nos de vista de lo actuado y se nos comuniquen las resoluciones que en lo sucesivo se produzcan.

2.-) Que por todos los argumentos esgrimidos, manifestamos nuestra oposición a este Avance del PTE y solicitamos un estudio actualizado orientado a mejorar las zonas industriales existentes, evitando ocupar más suelo rústico y ubicando de manera selectiva las futuras demandas. Solicitamos estudios de coste-beneficio de nuevas zonas industriales.

3.-) En cuanto a la ampliación del aeropuerto y las instalaciones anexas imprescindibles para su actividad (exclusivamente para su desarrollo); de acuerdo con el Plan Director aprobado por el Ministerio, solicitamos no realizar ninguna maniobra urbanística hasta tanto se inicien las obras de la infraestructura prevalente, la cual es la que orientará el resto de operaciones territoriales (desvío de autopista, zona aeroportuario, etc…). Parece ser que estamos poniendo los burros delante de las carretas, cuando quizás las carretas no lleguen porque no hará falta.

EL PRESIDENTE DEL COLECTIVO ECOLOGISTA TURCÓN
JUAN JIMÉNEZ ALEMÁN""

Hacienda plantea subir un 50 por ciento la tributación de los carburantes

Hacienda plantea subir un 50 por ciento la tributación de los carburantes Hacienda plantea subir un 50 por ciento la tributación de los carburantes hasta 2010.

Técnicos del ministerio creen que así se cumplirían las exigencias de Kioto, pero admiten «riesgos» para la competitividad y el empleo.

J. A. BRAVO/COLPISA. MADRID

El impuesto especial sobre los hidrocarburos, con el que el Estado grava el consumo de los carburantes, debería subir un 50% hasta 2010 para situarse en el nivel de emisiones de contaminantes de dióxido de carbono (CO2) acordado en el Protocolo de Kioto. Así lo creen los técnicos de Hacienda, quienes no obstante reconocen que esa subida de los tipos de gravamen que se aplican a la gasolina y el gasóleo «puede generar riesgos», en especial perdida de competitividad y empleo, así como deslocalización de empresas.

El Gobierno no se ha planteado revisar este tributo a corto plazo, pero sí quiere hacerlo entre este año y el próximo, dentro de la amplia reforma fiscal que pretende abordar. De hecho, los compromisos adquiridos con la Comisión Europea obligarán a subir el tipo fijado para el gasóleo antes del 1 de enero de 2007. Para esa fecha España debería, al menos, alcanzar el mínimo que se aplica en el territorio comunitario (302 euros por cada mil litros, frente a los 270 euros en que se encuentra en la actualidad), cifra que de nuevo habría de elevar antes de que comenzará 2012 (cuando ese 'suelo' sería de 330 euros).

Hablamos, no obstante, del gasóleo de uso general -el que utilizan los particulares-, que tendría así que incrementar su carga tributaria un mínimo del 22,2%. El que se destina a 'usos especiales' (agricultura, pesca, motores estacionarios, construcción, ingeniería civil y obras públicas) no elevaría su carga tributaria, entre otras cosas, porque ya se encuentra por encima de los mínimos que fija Bruselas. En cualquier caso, hasta 2010 el conocido como 'gasóleo profesional' aún puede afrontar un gravamen «mínimo» (287 euros por cada mil litros).

Subidas

Los técnicos de Hacienda han calculado los tipos de gravamen que permitirían cumplir con Kioto. Así, creen que para la gasolina sin plomo debería subir un 48,64% hasta 2010 respecto al nivel de 2000, y un 51,85% en el gasóleo, mientras que su precio habría de incrementarse un 27,65% en ambos casos.

Reconocen que estos aumentos «pueden generar riesgos» (si alteran la estructura de tarifas en el sector energético, se puede perder competitividad y empleo en el transporte, deslocalizar algunas actividades y reducir renta), e «incertidumbres». Por ello, proponen «elegir el momento adecuado» (un escenario con fuertes incrementos del precio no lo sería), «minimizar los efectos negativos en la economía», y ver qué se hace en la UE.

Turcón denuncia la poda de viejos tarajales

Turcón denuncia la poda de viejos tarajales En un escrito dirigido al Consejero de Obras Públicas e Infraestructuras, del Cabildo de Gran Canaria, el Colectivo Turcón-Ecologistas en Acción pide el cese inmediato de podas y tala de ejemplares de tarajales en la carretera de La Pardilla.

Se reproduce integramente el escrito presentado ayer.

"Con preocupación y perplejidad vemos como operarios del servicio de mantenimiento de carreteras están podando, ¿talando?, los viejos ejemplares de tarajales que adornan la cuneta de la carretera que va desde la GC-1 a La Pardilla, justo en su inicio (trasera del Centro Comercial Macro).

Que los tarajales (Tamarix canariensis willd o T. africana poiret) son especies incluidas en el Anexo II de la Orden de 20 de febrero de 1991, sobre protección de especies de flora vascula silvestre de la comunidad autónoma de Canarias, y por tanto requiere autorización de la administración ambiental –Viceconsejería- .

En cualquier caso, son especies antiguas, que llevan muchos años ahí plantadas que no molestan a nadie y protegen a viandantes y conductores del azote del viento. En la zona se conserva como linderos de fincas agrícolas, quizás los últimos tarajales de esa parte del municipio de Telde.

SOLICITA: un poco más de sensibilidad con los elementos ornamentales canarios y la paralización inmediata de esas podas, cortas o tala.

Quedando a su disposición para cualquier cosa que estime conveniente, mientras tanto reciba un atento saludo,
EL PRESIDENTE DEL COLECTIVO ECOLOGISTA TURCÓN"

Turcón presenta alegaciones contra el Plan de Recuperación del Puertillo de Arucas

Turcón presenta alegaciones contra el Plan de Recuperación del Puertillo de Arucas El Colectivo Turcón-Ecologistas en Acción presenta un documento de seis folios como alegaciones al proyecto de “RECUPERACIÓN PLAYA DE EL PUERTILLO DE ARUCAS – ACONDICONAMIENTO DE LA COSTA DE EL PUERTILLO-LAS COLORADAS

Se reproduce a continuación el documento integro.

"Que de acuerdo con la publicación del anuncio de ese Cabildo, en el Boletín Oficial de la Provincia del día 17 de diciembre de 2004, por el que se somete al periodo de información pública el proyecto nº 166/04, queremos hacerle llegar nuestras valoraciones y alegaciones al documento expuesto.

Para ello, presentamos el presente pliego de alegaciones en páginas perfectamente numeradas.

* LA IMPORTANCIA DEL ENTORNO MARINO:

La investigación en el medio marino de Canarias se remonta a los albores del siglo XIX, cuando en 1803 se publicó el primer trabajo conocido, cuyo autor citó en las aguas de Canarias 12 especies de algas. Históricamente los trabajos más prolijos en especies han sido los relacionados con los grupos de las algas, los moluscos y los peces. Estos tres bloques han sido el eje de casi todos los artículos anteriores a 1970. Alrededor del año 1840 aparecen los primeros naturalistas en Canarias, entre los que destacaron Webb y Berthelot o d’Orbigny, que en 1839 publicó su trabajo “Mollusques, Echinodermes, Foraminifères et Polypiers, recuillis, aux IIles Canaries” en el cual se citaron 139 especies.

Se dicen en la actualidad que la cantidad de especies marinas de fauna, flora, algas y hongos de Canarias asciende a 1.117 familias, 2.619 géneros, 5.232 especies y 63 subespecies, distribuidos en distintos grupos. Las cifras de taxones endémicos, 164 especies y 5 subespecies, son bajas si se comparan con el medio terrestre. Esto se debe a que el mar es un medio uniforme, particularmente en las zonas más profundas, que muestra una menor variación de sus características físicas que los ambientes terrestres, tanto espacial como temporalmente. A su vez, la mayoría de los organismos marinos cuentan en alguna fase de su desarrollo con una alta capacidad de dispersión, y de ahí esta “aparente pobreza” en lo que a la singularidad de sus elementos biológicos constituyentes se refiere.

El carácter endémico no debe ser el factor esencial a tener en cuenta a la hora de tomar de decisiones relativas a la conservación del litoral, sino que también debe considerarse la variedad de los grandes grupos, que es el mejor indicador de la diversidad genética. De este modo, las áreas prioritarias de conservación serán aquellas con mayor número de especies y máxima representación de los grupos taxonómicos superiores conocidos en la biota marina.

La principal conclusión del análisis de la información existente en la actualidad es que sólo se lleva 30 años estudiando de forma profunda la diversidad marina de Canarias, por lo que es de esperar que la tendencia actual de incremento constante de citas para Canarias se mantenga en el futuro. No debemos perder de vista que el medio marino cubre el 73 % de la superficie terrestre, y a escala mundial por cada especie marina encontramos siete terrestres. En la actualidad, en Canarias, esta ratio es de una especie marina por cada tres terrestres aunque estas cifras previsiblemente variarán a medida que se intensifiquen los estudios.

Por otro lado, el origen volcánico de las islas Canarias y su posición en la Macaronesia es el factor más importante en cuanto a la distribución y singularidad de las especies marinas que habitan el archipiélago. Este origen confiere a las islas unas elevadas pendientes en los fondos marinos, limitando el área de los rangos batimétricos y haciendo de la luz el factor crucial que determina la distribución de los ecosistemas.

De esta forma encontramos que entre los 5 y 50 metros se encuentran 2.379 especies (figura 1), un 45% del total. Esta concentración de especies en una franja tan reducida es una característica de las costas de los ecosistemas insulares y pone de manifiesto la importancia de una buena administración del litoral con el objetivo de proteger los recursos naturales costeros, como la mejor vía de conservación de la biodiversidad marina.

En el cuadro anterior hemos representado el número de especies citado en cada rango batimétrico en función de la profundidad de captura. Como puede observarse la suma total es muy superior a 5.000, debido al hecho de que una misma especie puede estar presente simultáneamente en varios rangos.

Con esta introducción queremos poner de manifiesto la importancia del medio marino, al que tradicionalmente le hemos dado la espalda, y a la vez, mostrar nuestra preocupación por cualquier actuación en el litoral Canario, máxime cuando estamos hablando de “colonizar” espacios costeros que después se pueden usar como “modelos a imitar” para otras zonas, y eso es precisamente lo que no debemos repetir, porque además de tener un espacio limitado, la tierra y todo sus valores no nos pertenece, y simplemente por el principio de conservación para las generaciones venideras no debemos colmatar y ocupar irracionalmente la costa.

En este sentido, la actuación del Puertillo de Arucas se puede considerar como blanda, respetuosa, compatible y adaptada, aun así, hay cosa que no alcanzamos a comprender.

* UN PROYECTO A LA CARTA:

Cerca del Barranco de Bañaderos, donde más espacio se necesita recuperar, donde menos afecciones ambientales y donde técnicamente sería factible esa recuperación de espacio, el retranqueo del actual paseo marítimo es mínimo. Como contrapartida los propietarios afectados del lugar se beneficiarán de convenios urbanísticos con el Ayuntamiento. Entre esos propietarios se encuentra el actual teniente-alcalde de Arucas, con una casa afectada por el deslinde provisional del año 1997, ya que su vivienda estaba en dominio público litoral y en zona de servidumbre de tránsito.

En el proyecto básico de la anterior corporación, tenía previsto la recuperación del litoral sepultado bajo la vivienda de su propiedad, y afectado por su influencia y la del muro que la protege. Tras las últimas elecciones municipales el proyecto se modifica y se mantiene la posición actual de la vivienda, consolidando su ocupación en el espacio litoral. Todo esto supone un claro incumplimiento de la Ley de Costas (Ley 22/1988 de 28 de julio, y el Real Decreto que desarrolla la misma).

Por ejemplo, los retranqueos del actual paseo marítimo en el lado Este de la ensenada (en el lado opuesto al de la ubicación de la vivienda del teniente alcalde) son mucho mayores.

Por ello, venimos a decir que el proyecto debe modificarse y ajustarse a las determinaciones de la legislación vigente y no entrar en el juego de las “prebendas” políticas, que a parte de crear un agravio comparativo entre el resto de vecinos que sí se verán afectados por el proyecto, crea una serie de constricciones en el desarrollo de las actuaciones en la zona.

* LOS PROCESOS DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA:

No se constata en la documentación presentada en información pública, algún esfuerzo de los redactores o de la administración actuante por acercar el proyecto a los ciudadanos y colmar una de las expectativas de este Colectivo por lograr una sociedad más comprometida, donde sus gobernantes consulte y orienten sus actuaciones en base a las necesidades de las personas y no a los intereses empresariales que en ocasiones, eclipsan las voluntades de los gestores públicos.

Todo lo contrario, los últimos acontecimientos, donde se han expuesto hasta tres documentos importantísimos para el desarrollo y conservación de la isla, a saber: Plan de la zona aeroportuaria, Plan Especial del litoral de Tauro, y este de Arucas, supone para nosotros un sobreesfuerzo por la acumulación de trabajo, en fechas navideñas donde precisamente las oficinas del Cabildo cierran y reducen sus horarios.

Pero si esto es importante, lo es más, el esfuerzo por acercase a los vecinos y usuarios de las futuras instalaciones. Debemos fomentar el papel de la ciudadanía como parte activa de la sociedad, ejerciendo una participación auténtica y cercana en la discusión y gestión de los asuntos que le afectan, para que ésta no quede reducida a un papel de simple votante cada cuatro años así como de mero y permanente contribuyente.

Diferentes experiencias a nivel estatal y mundial, cada vez más generalizadas, demuestran que la participación ya no es una utopía, sino que, es ante todo, la mejor garantía para avanzar en la democracia y mejorar la eficacia de los servicios públicos.

La tendencia actual a nivel internacional es la flexibilización, la apertura de puertas de las instituciones, nos solo para que se conozcan su funcionamiento, se enseñe el cómo funciona y por qué, sino también, para que las personas puedan participar activamente en las decisiones.

El derecho de los ciudadanos a la participación política, es decir en los asuntos públicos, se ejerce, de acuerdo con el artículo 23 de la Constitución, pero además ya existen amplios documentos internacionales, por ejemplo: Agenda 21-Local, la Carta de Aalborg, el Convenio de Aarhus y la Directiva europea sobre acceso a la información que han ido ratificando un camino donde las claves para el desarrollo sostenible están en LA INFORMACION Y LA PARTICIPACION CIUDADANA.

Este proyecto carece de respaldo social, todo lo contrario caerá en descrédito cuando se conozca las modificaciones habidas para beneficiar a unos pocos. Solicitamos un nuevo replanteo del proyecto y más fomento de la participación.

* LA CONTAMINACIÓN LUMÍNICA:
Detectamos un enorme derroche energético y un futuro encandilamiento de las aves procellariformes en una zona donde pensamos que se pueden plantear otras alternativas.

El declive de estas aves lo causa precisamente la contaminación lumínica y la edificación costera, ambas causadas por el hombre, y cada vez más acusadas. Estos son obstáculos que se encuentran al salir de vuelta al mar.

Durante casi todo el año viven en el mar, pero al llegar la primavera entran a tierra para anidar. Las guaridas que buscan para ello, llamadas huras, suelen ser pequeños agujeros o cuevas cerca de la costa. En el caso que nos ocupa, los acantilados de toda la zona entre Bañaderos y el Pagador. Allí es donde se criará el pichón hasta que, abandonado por sus padres hacia el verano, y movido por la imperante necesidad de alimentarse, salga del nido por el mes de noviembre.

Solicitamos un replanteamiento de estas instalaciones lumínicas (quizás reduciendo el báculo, quizás eliminando el número, o simplemente adaptándolas a las reales necesidades de la población porque en ocasiones se ponen más farolas de las que realmente se necesitan).

* SOLICITAMOS:

Que tome en consideración esta alegación y la acepte como parte del expediente administrativo, declarándonos interesado en el procedimiento de acuerdo con el artículo 31.1.b), de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y consecuentemente, se nos de vista de lo actuado, se nos comuniquen las resoluciones que en lo sucesivo se produzcan y se nos de audiencia antes de dictarse una resolución perjudicial para nuestros intereses y fines estatutarios como son la defensa de la naturaleza.
EL PRESIDENTE DEL COLECTIVO ECOLOGISTA TURCÓN"

Alegaciones de Turcón contra una industria dentro de un Espacio Natural Protegido

Alegaciones de Turcón contra una industria dentro de un Espacio Natural Protegido El Colectivo Turcón-Ecologistas en Acción ha formalizado en el día de hoy, ante el ayuntamiento de Telde, las alegaciones contra una industria de procesamiento de materiales inertes procedentes de obras y demolición, que se ha instalado en Hoya Caldereta, muy cerca de Jinamar.

Se reproduce a continuación el texto integro:

Sr. Alcalde-Presidente. M.I. Ayuntamiento de Telde. Plaza de San Juan.-
Expediente nº 1771-04, en información pública sobre el Vertedero de Hoya Caldereta.

El Boletín Oficial de La Provincia del viernes, día 17 de diciembre de 2004, publica el anuncio de Instalación de Nueva Industria, concretamente un vertedero controlado a instalar en Hoya Caldereta, zona de Jinámar; y personados integrantes de este Colectivo Turcón en las oficinas de urbanismo, queremos plantear las siguientes:

ALEGACIONES:

PRIMERA: Antecedentes y valores del lugar:

Hoya Caldereta, Sima de Jinámar y genéricamente el Campo de Volcanes de Jinámar, es un lugar situado en la cabecera del Barranco de los Cascajos, por encima de la zona industrial del Maipez; entre los caseríos del Lomo Blanco y Caserones Altos. A pesar de su estética algo alterada, ésta es una zona rural, alejada de núcleos de población, conserva elementos naturales y culturales de interés y donde el visitante, caminante o naturalista puede alcanzar cotas de esparcimiento, relax y placer donde el silencio y la paz son ya cuestiones difíciles de encontrar en zonas cercanas a los núcleos poblados, aparte de suponer un recurso pedagógico y didáctico de primera magnitud para dar a conocer la evolución geológica, botánica e histórica de las islas.

El Campo de Volcanes lo forman un complejo de antiguos conos volcánicos de diferente edad geológica, como Montaña Pelada (o de la Cruz), Montaña del Gallego, Montaña Rajada (o La Barqueta), Montaña Quemada (o de Cuesta de la Gallina), así como los restos del cono volcánico que alberga la Sima de Jinámar. La contemporaneidad de estos tres últimos volcanes dio como resultado la fusión en una singular colada: el Maipez de Jinámar, génesis del Barranco de los Cascajos, apreciable hoy en día en determinados tramos del mismo.

Mención especial requiere la Montaña Rajada (o de La Barqueta como se la conoce popularmente), un pequeño aparato de emplastes soldados, abierto por la mitad, por una fractura norte-sur, que responde más a la conceptualización de un “hornito”, dispuesto como una boca adventicia, que a la de un cono piroclástico, lo cual lo diferencia considerablemente del resto de los apartados eruptivos de Gran Canaria.

Por su importancia en la historia más reciente, procede hablar de la Sima de Jinámar, una chimenea que formó parte de un cono volcánico. Tiene 76 metros de profundidad y es considerada la más profunda del archipiélago, teniendo su boca un diámetro de 15 metros. La presencia de restos humanos en su interior, más o menos recientes, ha sido constatada con motivo del estudio para el expediente de declaración de Bien de Interés Cultural con categoría de Sitio Histórico.

SEGUNDO: Antecedentes históricos relacionados con su deterioro y protección.

La vorágine urbanística de los años ´60 - ´70, llevo a una destrucción irracional de muchos lugares de la Gran Canaria, Jinámar no fue una excepción. La fuerte demanda de materiales y áridos para las construcciones turísticas del sur de la isla, llevó al desmantelamiento de grandes montañas y volcanes. Recordamos los esfuerzos de nuestros anteriores compañeros y miembros de la Junta Directiva del Colectivo Ecologista Turcón durante toda la década de los ´80 y ´90, pidiendo más respeto y racionalidad en los espacios geológicos de volcanismo reciente que eran pocos y con singular relevancia internacional.

De esa polémica recordamos el esfuerzo realizado por muchos ciudadanos y organizaciones para parar las extracciones de picón en el entorno de la Sima de Jinámar y Hoya Caldereta, que estuvieron a punto de destruir la propia Sima y que llevaron a su declaración como Bien de Interés Cultural y paralización de las extracciones.

Hoy, los huecos dejados por las extracciones de áridos se quieren rellenar con materiales inertes, sin embargo, quedaron flecos de aquellas luchas, como por ejemplo, la extracción del Cortijo de Tío Isidro, propiedad de Martín Vega y que está apuntó de cercenar las raíces de la Montaña Rajada (o de La Barqueta) y desmoronar este volcán (hecho denunciado en la Agencia de Protección y SEPRONA), así como las parcelaciones y vallados ilegales en la zona, cierre de caminos tradicionales, etc.

Esta conflictividad, unida a la importancia biológica, cultural y geológica del lugar, llevó al Parlamento de Canarias a incluir este espacio en las leyes de Espacios Naturales (1987, 1994, y Texto refundido 2000) que se han ido promulgando. Así, hoy en día, tenemos todo este entorno protegido legalmente con la figura de Paisaje Protegido, incluido en el Paisaje Protegido de Tafira (C-24) de unas 1.413,6 hectáreas de superficie de los municipios de Las Palmas de Gran Canaria, Santa Brígida y Telde.

Los documentos de planificación de este ESPACIO NATURAL están bastante avanzados. En agosto del año 2000 se aprobó definitivamente el Plan Especial promovido por la Viceconsejería de Medio Ambiente del Gobierno de Canarias. Más tarde se suspenden los otorgamientos de licencias urbanísticas (diciembre-2003) hasta tanto se apruebe el nuevo Plan Especial adaptado a la Ley Texto Refundido (2000), ya en estado de avance (enero-2004).

Por otro lado, el Cabildo de Gran Canaria aprueba el Plan Insular de Ordenación (PIO), con publicación en BOC el mes de junio-2004, y en cuyos textos normativos aparece la protección del Campo de Volcanes de Jinámar con la figura de Área Insular Protegida (A.I.P.).

TERCERO: Antecedentes del vertedero.

El Colectivo Turcón lleva más de 22 años trabajando en Telde y cada uno de sus integrantes, conoce con detalle estos antecedentes polémicos, pero además conoce las triquiñuelas de las diferentes corporaciones municipales, y cómo se intenta “colar” , con mucha sutileza, algunas cosas.

Cuando los técnicos encargados de localizar un lugar para vertedero controlado de inertes nos enseñan diferentes localizaciones (años 1993-95), les proponemos un lugar de menor valor “natural y geológico” como el barranco del Conejo (zona de Silva, por debajo de la zona industrial de Jerez). Este espacio también albergaba una antigua cantera abandonada y se podían establecer sin grandes restricciones esta actividad, incluso la de reciclaje de escombros. Considerábamos a Hoya Caldereta, intocable para instalar una industria y mucho menos abrir la mano para un nuevo vertedero, que podría ser controlado o incontrolado. Se nos vendía el asunto como una instalación de poco impacto, de poca trascendencia medioambiental, sin repercusiones en el entorno geológico y natural, y con una simple filosofía: restauración de perfiles y relleno del enorme agujero ocasionado por las anteriores extracciones de áridos.

Decíamos, en aquel momento, que la Hoya Caldereta era singular, que no era lugar para industrias, que el hueco podría ser restaurado pero no a costa de crear el vertedero municipal de inertes en el centro mismo del espacio con lo que ello suponía de tráfico rodado y emisiones de todo tipo (ruidos, polvo en suspensión, etc). Y que, en todo caso, se trataba de un mal menor dentro de la importancia geológica y cultural del Espacio Natural.

El contumaz ayuntamiento de Telde, saca adelante el proyecto y comienzas las obras de acondicionamiento de una supuesta instalación con carácter medioambiental y una filosofía blanda de restauración.

Pero…, también comienzan asfaltando un trozo de pista hasta el límite del ENP, la pista por el lado sur, justo la entrada a la que se accede por Caserones Altos.

Y, cual es nuestra sorpresa, cuando sale a información pública el proyecto y la solicitud de autorización que pide la U.T.E. Construcciones Rodríguez Luján, S.L. para la concesión de licencia de apertura de Vertedero Controlado que, además, lleva un añadido como es la instalación de una machacadora para la recuperación y reutilización en obras de los escombros de mejor calidad que lleguen al vertedero y venta de áridos. Lo cuál ya no plantea solamente la recepción o rechazo de vertidos según sus características, su clasificación y vertido controlado con el objeto de la restauración, sino que se plantea una actividad económica de recuperación de escombros para uso en obras. Es decir, la actividad que se plantea es la de recepcionar escombros, con el cobro de sus correspondientes tasas de vertido, para posteriormente tratar estos materiales como materia prima (clasificación, machaqueo, etc.), y su posterior salida del vertedero como materiales aprovechables de diferente categoría con su correspondiente venta o aprovechamiento (ahorro económico) por la empresa concesionaria para sus obras (no se aclara el destino). Sólo el rechazo de todo este proceso pasaría a formar parte del vertedero alargando su período de vida útil, en contra de la finalidad última de la instalación que es la recuperación de los perfiles topográficos y recuperación paisajística en el menor tiempo posible (5 años según el proyecto de restauración EPR-1, SG9-SIMA DE JINÁMAR).

Un tratamiento especial a los inertes, que en lugar de rellenar y restaurar el hoyo (recordemos filosofía primaria para la que se pidió dinero a la Unión Europea), esconde una maniobra lucrativa con grandes beneficios para las empresas concesionarias de la explotación del vertedero, actividad económica que no es compatible con la clasificación del suelo y que sólo podría llevarse a cabo en vertederos controlados que lo permitan, o en zonas industriales.

La realidad actual, según la información que hemos recabado, es que no sólo no se está acopiando materiales para el relleno de los espacios de la antigua cantera para su restauración sino que se han extraído más del 60% de los materiales ya depositados, aparte de piedra y áridos naturales para relleno en la carretera que se asfaltó desde el barrio de Caserones. La recuperación del espacio y el cese de la actividad están cada vez más lejos.

CUARTO: Consideración sobre la recuperación de inertes.

No cabe duda, que una máxima ecologista en un territorio insular como el nuestro, es la recuperación y reutilización de todos los materiales. La recuperación como materia prima es una premisa que se debe aplicar a todos los elementos y usos de la vida de un producto. En este caso, el movimiento ecologista siempre ha abogado por esta recuperación que en definitiva reduce la dependencia exterior y también, puede reducir la extracción de nuevos recursos mineros.

Esta idea la recoge la Consejería de Política Territorial y Medio Ambiente del Gobierno de Canarias, en su DECRETO 161/2001, de 30 de julio, por el que aprueba el Plan Integral de Residuos de Canarias. (BOC-15 de Octubre de 2001), en concordancia con la Ley 1/1999, de 29 de enero, de Residuos de Canarias, que establece como norma general “que la gestión de residuos tiene como finalidad evitar los perjuicios para los sistemas ambientales, los recursos naturales y el paisaje, erradicar y paliar molestias para las poblaciones, dar un tratamiento ambiental adecuado a las operaciones de eliminación, recuperar suelos contaminados, eliminar los vertederos no autorizados y controlar e integrar los vertederos colmatados”. En este aspecto, donde la Ley de Residuos de Canarias hace una prevalencia de “evitar perjuicios a los sistemas ambientales y... las poblaciones”, no cabe que una instalación como la que se pretende realizar en Hoya Caldereta (Paisaje Protegido de Tafira) altere o perjudique los elementos circundantes.

También el Plan de Residuos, aboga, por “Establecer, dentro de cada una de las islas, los puntos de vertido controlado, en función de lo recogido en el Plan Regional de Restauración de Canteras Abandonadas”. En la actualidad no nos consta la aprobación de este último Plan.

Por otro lado, aparece el PLAN DIRECTOR INSULAR DE RESIDUOS DE GRAN CANARIA, con un apartado especial sobre los RESIDUOS DE CONSTRUCCIÓN Y DEMOLICIÓN (RCD), con una producción estimada de 200.000-400.000 Tn / año que se han depositado normalmente en vertederos controlados e incontrolados. Reconoce el Plan que: “Se lleva a cabo actualmente un Plan de Restauración de Canteras abandonadas de extracción de áridos por parte de la Comunidad Autónoma y el Cabildo Insular”, por lo que se deduce que dicho plan no se ha aprobado aún.

Existen muchas más consideraciones de interés en ambos planes, sin embargo, la reiteración y comentarios anteriores van en la línea de aclarar que ninguno de los dos Planes, localiza ni plantea una planta de tratamiento de Residuos, tipo RCD (o inertes), en la Hoya Caldereta, por lo que no se debe considerar ningún argumento justificativo aquí.

QUINTO: Lo que dicen las Directrices Generales de Ordenación:

Siempre es importante, traer a colación lo último legislado y en este aspecto, debemos recordar la Ley 19/2003 de 14 de abril por la que se aprueban las Directrices de Ordenación General y las Directrices de ordenación del Turismo de Canarias. Traemos los apartados más relevantes de esta materia.

RECURSOS GEOLÓGICOS
Directriz 34. Criterios.
1. (ND) En el marco de la normativa sectorial y, en su caso, de la Directriz de Ordenación correspondiente, la ordenación insular de los recursos mineros tendrá por objeto el uso eficiente de los recursos, al tiempo que minimizar el impacto medioambiental y territorial, respetando las competencias estatales en la materia. Para el desarrollo de este planeamiento se deberán seguir los siguientes criterios:
a) Disponibilidad total del recurso.
b) Programación de actuaciones para sustituir el recurso paulatinamente. Entre las actuaciones de sustitución se deberá tener en cuenta el reciclado de los materiales de construcción. En la medida que aumente la cantidad de material reciclado deberá ir disminuyendo la oferta de material extraído.
c) Programa de restauración del paisaje que palie el fuerte impacto de esta actividad, buscando principalmente la rehabilitación del entorno y la eventual habilitación de estas zonas como agrícolas o ambientales.
d) Delimitación de zonas de protección, en las que se excluye la actividad minera.
2. (NAD) No se permitirá la actividad extractiva en las playas, barrancos y espacios naturales protegidos, excepto por razones justificadas de índole ambiental y en los casos en que expresamente admita tal actividad el planeamiento a que se refiere el número anterior.
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Directriz 44. Criterios para la gestión de los residuos de construcción y demolición. (ND)
1. Las Directrices de Ordenación de Residuos fijarán los requisitos que han de cumplir las instalaciones de tratamiento y depósito de residuos de construcción y demolición. Entre los requisitos se prestará una especial atención a orientar su ubicación hacia canteras abandonadas y clausuradas, procediendo a su rehabilitación, con las fracciones de dichos residuos no susceptibles de ser reciclados.
2. Las Directrices de Ordenación de Residuos establecerán la obligación de asociar las licencias municipales de demolición o de nueva obra con el establecimiento de garantías para el adecuado tratamiento de los residuos que esas obras generen.
3. Las administraciones públicas incorporarán en sus baremos de puntuación para la licitación pública el empleo de materiales producto del reciclado de los residuos de construcción y demolición que puedan aplicarse en la obra civil y en la edificación, cuando la naturaleza de la obra o de la edificación así lo permita, y de conformidad con las prescripciones de las normas técnicas que determinen las condiciones de los mismos.
4. Los Planes Territoriales Especiales de Residuos contendrán un programa de actuaciones para el sellado y recuperación de los vertederos ilegales de residuos de construcción y demolición existentes.

Como vemos, se aboga por algo que no está redactado aún, como es un Plan Territorial Especial de Residuos, y unas Directrices Generales de Residuos. También vemos el espíritu del legislador en cuanto a la preservación de los Espacios Naturales Protegidos, y su protección frente a cualquier actividad extractiva o minera.

SEXTO: las restauraciones según el Estado Español:

El Real Decreto 2994/1982 de 15 de octubre sobre “Restauración del espacio natural afectado por actividades mineras”, establece en su artículo 1º: “quienes realicen el aprovechamiento de recursos regulados por la Ley de Minas… quedan obligados a realizar trabajos de restauración del espacio natural protegido afectado por las labores mineras…” . Posteriormente se emite la orden de 20 de noviembre de 1984 que desarrolla este Real Decreto, pero el espíritu general de ambas normativas es la restauración de un espacio natural tras el deterioro sufrido por una actividad minera. Lo que pretende el legislador es “simular” con la restauración el daño sufrido en la naturaleza.

También esta Ley establece el contenido del Plan de Restauración a presentar, así como su calendario de ejecución (5 años en el caso de Hoya Caldereta). El incumplimiento del Plan de Restauración (artículo 7º) “conllevará la aplicación de las sanciones previstas en la legislación de minas pudiendo acordarse la caducidad de la concesión de explotación…”; asumiendo la administración las tareas de restauración prevista en el oportuno Plan con cargo a los presupuesto de la empresa.

En el caso que nos ocupa de Hoya Caldereta, y como quiera que el explotador de la extracción de picón es otro distinto al concesionario del vertedero, esta circunstancia no exime al mismo de la restauración del Espacio Natural, toda vez que hubo una expropiación y un proyecto de Restauración.

Y es más, de acuerdo con esta norma, la administración puede recuperar la concesión cuando no se cumpla lo estrictamente aprobado en el proyecto, cuya nomenclatura del PGO de Telde es: EPR-1, SG9-SIMA DE JINÁMAR.

SÉPTIMO: lo que dice el PGO de Telde:

El Plan General de Ordenación de Telde, fue aprobado en el año 2002 y la actividad para la que se pide licencia de apertura y funcionamiento es contrario al Plan General de Ordenación de Telde, porque en su normativa, concretamente en su artículo 136.- habla de los Suelo Rústico de Protección Minera a Restauración (EPR). Definición y Clases:

Son aquellos espacios del Suelo Rústico que vienen delimitados desde la Adaptación del Plan General, por haber sido objeto de explotación minera de extracción de áridos, básicamente lapilli volcánico, considerando agotadas sus posibilidades, para proceder a la recuperación de aquéllos que, habiendo estado en explotación, han producido un deterioro a la morfología del territorio que precisa de restauración.

Esta categoría precisa, con carácter previo a cualquier actuación sobre los suelos que las soportan, de Plan Especial de Restauración que, redactado por técnico competente, establezca las condiciones para la recuperación del perfil adecuado del territorio.

Además, el artículo 137.- Régimen de usos, dice:

Uso característico: Labores de restauración con Plan Especial previo.
Usos compatibles: Agrícola, ganadero, de aprovechamiento de los recursos naturales en las áreas delimitadas para ello, ocio y esparcimiento, entendiendo éste exclusivamente a partir de la correspondiente restauración, y los ligados al uso agrícola.
Usos condicionados: Vertido de Escombros en las localizaciones señaladas específicamente por la Adaptación del Plan.
Usos Prohibidos: Todos los restantes.


De acuerdo con la clasificación del suelo que aparece en los planos del PGOU y de acuerdo con los informes incluidos en este expediente, que reconocen la clasificación del suelo de Hoya Caldereta, la cual es: Suelo Rústico de Protección Minera a Restauración; por tanto, conforme a los artículos antes citados, la instalación que se propone es una industria de control, procesamiento y machaqueo de residuos de construcciones y obras, totalmente incompatible y contraria a la principal norma urbanística del municipio de Telde.

Ante la evidencia y magnitud que están tomando los acontecimientos en pleno Espacio Natural Protegido; es necesario prestar atención porque estamos ante una explotación industrial que, camuflada al principio como una actividad de “restauración”, ahora se nos presenta, con la maquinaria ya instalada, como una industria que se perpetuará en el tiempo.

OCTAVO: Los períodos de información pública en Telde.

Tercera vez en esta legislatura que nos ocurre lo mismo. Pasamos al detalle:

El 16 de diciembre se presentó un compañero del colectivo (en esos momentos de vacaciones lo que facilitaba acceder al expediente en horario de mañana, por otra parte el único posible), para visualizar el expediente y observando la magnitud del mismo, considera la necesidad de solicitar una copia para su estudio pormenorizado. Así se hizo, amparándose en la normativa vigente de acceso al información ambiental, presenta una solicitud en el registro de entrada, cuyo nº es el 46.054.

Visto que pasadas dos semanas no había respuesta por parte del ayuntamiento, esta persona volvió a personarse en las oficinas municipales para interesarse por el tema el día 29 de diciembre, indicándosele que dicha solicitud y el expediente estaba en manos de los servicios jurídicos de la Concejalía de Ordenación Territorial. Acudiendo a esos Servicios, no puede acceder al expediente ni a consultar el resultado de la solicitud de la copia ya que la persona responsable se encuentra ausente en esos momentos. Recordemos que el expediente nº 1771-04, se encuentra en información pública hasta el 13 de enero, por lo que tiene que estar lo más accesible posible para el público en general.

Después de intentar hacer estos trámites durante cerca de dos horas nuestro compañero desiste en el intento, obstaculizándose un estudio más profundo de todas las peticiones que hace la UTE.

Evidenciamos, una cierta descoordinación en estos períodos de información pública. Reiteramos que no es la primera vez que pasa y como gran ciudad que somos, el acceso y la disponibilidad de un expediente tiene que ser algo más “responsable”.



En base a todos estos antecedentes, SOLICITAMOS:

1. Retrotraer el expediente administrativo abierto en las oficinas de urbanismo del Ayuntamiento de Telde, hasta el RECONOCIMIENTO de que esta actividad para la que se pide licencia se encuentra dentro de un Espacio Natural Protegido, concretamente el C-24, Paisaje Protegido de Tafira, además dentro de un área insular protegida (PIO-2004).

2. A partir de ese momento, comenzar a aplicar la normativa existente en cuanto al ENP; a saber, Plan Especial del P. P. de Tafira, en la que zonifica el lugar como zona de uso moderado y zona de uso tradicional, prohibiendo expresamente apertura de nuevas pistas, aperturas de industrias, instalaciones de vertederos incontrolados, etc…

3. Consideración especial y trato administrativo aparte, para la petición de una industria de tratamiento de los RCD, que consideramos incompatible con los principios de gestión del espacio natural protegido, y que se puede viabilizar en otro lugar de una zona industrial.

4. Solicitamos también, denegar la petición de la planta de tratamiento, ya que es incoherente con la filosofía inicial del vertedero, la cual era el relleno y sellado de la antigua cantera, en un corto espacio de tiempo.

5. En vista también de que las obras ya sean las dos pistas están asfaltadas y las instalaciones ejecutadas (aunque el negociado de contratación haya dado su visto bueno) es otro motivo por el que solicitamos que se reinicie el expediente en información pública y se haga por solicitud de legalización de obras. Esta practica viciada de ejecutar las obras y luego solicitar autorización para apertura, es una burla a la ciudadanía, a la administración, que tiene reminiscencias penales sobre los técnicos y políticos que no actúen conforme a los artículos 202, 187 y 177 del Texto Refundido-Decreto Legislativo 1/2000 de 8 de mayo.

6. Que dado que la mayoría de los ciudadanos tienen horarios laborales coincidentes con los de las oficinas municipales y que muchas veces la información pública a estudiar es bastante prolija, SOLICITAMOS que se organice de otra manera, y por ejemplo; se disponga de una oficina con copias específicas para los periodos de informaciones públicas vigentes para que los ciudadanos las puedan estudiar de forma cómoda y solicitar copias de las partes que consideren, sin ningún tipo de restricción y con total inmediatez. Este espacio debe contar con un horario específico de tarde (por ejemplo dos días por semana de 16:00 a 20:00) y sábados por la mañana (10:00 a 14:00 horas). Todo ello, con el fin de facilitar el ejercicio de la ciudadanía de sus derechos de acceso, en las mejores condiciones posibles, a la información pública.

7. Que tome en consideración esta alegación y la acepte como parte del expediente administrativo, declarándome interesado en el procedimiento de acuerdo con el artículo 31.1.b), de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y consecuentemente, se me de vista de lo actuado, se me comuniquen las resoluciones que en lo sucesivo se produzcan y se me de audiencia antes de dictarse una resolución perjudicial para mis intereses.

Charla de Gilberto Martel sobre el agua

Charla de Gilberto Martel sobre el agua Bajo la organización del Colectivo de Mujeres Isadora Duncan, el ingeniero técnico industrial y colaborador de Turcón-Ecologistas en Acción, Gilberto Martel Rodríguez, impartirá una conferencial sobre "Demanda, consumo y ahorro del agua".

Será el martes, día 11 de enero, a las 18,00 horas en el Local del Colectivo Isadora Duncan, en la calle exterior del Parque de San Juan, local nº 21 de Telde.

Las charlas están enfocadas a este colectivo ya que las mujeres son agentes de salud y eje principal de transmisión de conductas saludables a otras generaciones. Ese importante rol es preciso potenciarlo y es necesario la formación en cuestiones medioambientales, uno de los pilares básicos de la salud.

Hoy fue día de repoblación forestal

Hoy fue día de repoblación forestal El Colectivo Turcón-Ecologista en Acción realizó el día de plantación forestal tal cual estaba previsto en su programa anual y concretamente en el proyecto "Acebuche".

Con la participación de 35 personas, entusiastas y comprometidas con la naturaleza, repoblaron una parte de la finca de La Fragua en el término municipal de Moya. La dificultad a la hora de encontrar terrenos público (o privados concertados) llevaron al colectivo teldense trasladarse a Moya.

En un par de horas los participantes plantaron más de 200 plantas, entre fayas y brezos, especies propias del lugar y que intentar recuperar suelo para el monteverde.

Después de cinco domingo, la próxima semana culminará el proyecto, con una nueva plantación en Moya. Concretamete será el domingo, día 16 de enero y para participar y obtener información es preciso llamar al teléfono de la casa de la juventud de Telde, al teléfono 928-68-06-86.

Turcón denuncia la instalación del vertedero en Hoya Caldereta

Turcón denuncia la instalación del vertedero en Hoya Caldereta El Colectivo Turcón-Ecologistas en Acción ha presentado escritos de denuncia ante la Agencia de Protección del Medio Urbano y Natural, y ante al Presidente del Cabildo de Gran Canaria, al considerar las primeras obras realizadas por las empresas concesionarias, poco menos que irregulares.

Un vertederos controlado cuyo objetivo inicial era restaura una zona deteriorada por una antigua cantera de áridos en Hoya Caldereta, muy cerca de la Sima de Jinamar, en Telde, se puede convertir en una instalación perpetua de una empresa de reciclaje, que procesa los escombros inertes de obras y demoliciones, para su posterior venta.

El tiempo de vida útil de las instalaciones fue una de las grandes preocupaciones expresadas en una reunión en la que los vecinos y empresa concesionaria, junto a los ecologistas de Turcón, mantuvieron el pasado martes a lo largo de una hora y media.

Al ser una actividad clasificada el expediente administrativo se encuentra en información pública en las dependencias de Urbanismo del Ayuntamiento de Telde. Sin embargo, en este periodo se presentarán numerosas alegaciones contra la instalacion de la maquinaria de machaqueo, al considerarla contraria a la legislación vigente, recordemos que se encuentra dentro de una Espacio Natural Protegido (Paisjae Protegido de Tafira), además de la incompabilidad con el Plan General de Ordenación de Telde que zonifica el lugar como zona a "restaurar".

La huella de la ampliación del aeropuerto de Gran Canaria

La huella de la ampliación del aeropuerto de Gran Canaria Se reproduce a continuación, integramente, el documento inicial para la campaña contra la ampliación del aeropuerto de Gran Canaria.

INTRODUCCIÓN:

Tras varios meses trabajando y preparando el tema, la asamblea general del Colectivo Turcón, celebrada el jueves día 30 de diciembre-2004, tras el debate oportuno, aprobó el inicio de una Campaña informativa sobre las consecuencias de la ampliación del Aeropuerto de Gran Canaria.

En la misma se ratificó este documento que sirve para arrancar la campaña sobre todo en el aspecto de la contaminación acústica. Sin embargo, se recuerda y se informa de las anteriores acciones realizadas, tales como el recurso jurídico contra al Plan Insular de Ordenación de Gran Canaria

Aunque está aprobado el Plan Director, insistimos en la insostenibilidad ambiental del modelo que propicia la ampliación del aeropuerto de Gran Canaria con graves repercusiones para toda la isla. La ampliación como el área industrial anexa consideramos que no se justifican técnicamente. Además, supone para el Sureste de la Isla gravísimos efectos medioambientales, sobre todo en lo que respecta a la contaminación acústica, contaminación claramente expresada en forma de curvas isofónicas en el Plan Director, y contaminación que en el propio Plan Director se indica que al no existir medidas que puedan minimizar la incidencia del impacto acústico la solución necesaria debe pasar por restringir la implantación de nuevos usos residenciales dentro las zonas de influencia, cosa que el PGO de Telde no contempla porque no informó en su momento a AENA. El Ayuntamiento de Ingenio si contempla todas estas medidas.

Tampoco el PIO reconoce estas restricciones en forma de recomendación hacia Telde y es necesario recordar que en el período de información pública de tal documento, el movimiento ecologista grancanario, presentó en tan solo un mes, cerca de 50.000 firmas en contra de la ampliación del aeropuerto.

FASES DE LA CAMPAÑA:

Iniciamos la campaña con la presentación de un pliego de alegaciones contra el “Avance del Plan Territorial Especial del Parque Aeroportuario de Actividades Económicas de Gran Canaria”.

A partir de entonces habrá una serie de charlas, conferencias y entrevistas para ir informando a tod@s l@s vecinos/as, barrios y sectores más amenazados, población en general,… justificando la campaña y sobre todo evidenciando los efectos acústicos aún no declarados por las autoridades canarias, que pueden llevar a una indefensión ciudadana de la población afectada.

Paralelamente se harán gestiones en Madrid para intentar frenar la ampliación del aeropuerto e informar de los fuertes movimientos especulativos que existen en Canarias en torno a la “obra pública”.

Evidentemente, se creará un movimiento para “insularizar” el problema que traspasa las fronteras del municipio de Telde. Contactando con colectivos ecologistas, ciudadanos y sociales de otros municipios podemos llegar a alcanzar este objetivo.

En la campaña, habrá varios apartados donde personas y colaboradores, afectados, etc. puedan ir aportando su granito de arena a modo de aportaciones y sugerencias para ir enriqueciéndonos todos y mejorando la proyección de la campaña.

ACTUALIDAD:

Estos últimos días ha venido apareciendo en la prensa, noticias referentes a la tercera pista del aeropuerto de Gran Canaria. Que si ya para el año que viene se inicia la puesta en marcha del proyecto, que aunque no se cumplan los puntos previstos que justifiquen la obra ésta se tiene que iniciar si o si, que si se ha decidido empezar a estudiar la ubicación de la nueva pista, que si los organismos estatales se plantean la modificación del proyecto de ampliación del aeropuerto, que si la reunión de los afectados con AENA ha sido muy positiva.

Toda esta avalancha de comentarios, de contradicciones, de incoherencias, de argumentos poco claros e incompletos debería generar en la población una seria reflexión sobre la situación planteada en estos momentos. Una reflexión sobre las prisas que de repente han surgido en torno a este tema, donde ya no importa si se justifica o no la obra, donde ya no importa si se cumplen o no las previsiones de incremento del tráfico aéreo expresamente definidas en la Disposición Quinta de la Orden ministerial por la que se aprueba el Plan Director del Aeropuerto de Gran Canaria. Aquí lo que de repente ha pasado a ser trascendente es construir la innecesaria, de momento, tercera pista.

SOBRE LOS AFECTADOS

Una de las cuestiones que en principio llama la atención es la relativa a los afectados, ¿Quiénes son éstos?, ¿Quiénes son los que realmente están afectados por la tercera pista?, ¿Han estado todos los realmente afectados representados en la reciente reunión con AENA?, ¿Son todos los que están?, ¿Están todos los que son?.

Según se ha venido planteando desde que se aprobó el Plan Director en virtud de la Orden de 20 de septiembre de 2001, o mejor, desde que se empezó a ver que la nueva pista ocupaba parte de la superficie del Barrio de Ojos de Garza se empezó a generar en los vecinos de todo el barrio la lógica preocupación, la lógica incertidumbre de preguntarse que es lo que les iba a pasar. Así, crearon las más que justificadas plataformas de afectados para aunar esfuerzos en aras de defender sus intereses. Hasta ahí todo parece normal, lógico y hasta coherente.

El problema radica en la monopolización que se ha hecho, y se viene haciendo, del término “afectado”, parece que sólo son afectados por esta obra los vecinos de Ojos de Garza, que si bien lo son físicamente, afectados físicos, no es menos cierto que hay una enorme población que si bien no les afecta la tercera pista de manera directa si lo hace de manera indirecta. Nos referimos a esa población que se verá perjudicada por el impacto medioambiental que supone la tercera pista: vecinos de Playa del Hombre, de Taliarte, de Melenara, de Salinetas, de El Goro (municipio de Telde). Poblaciones perjudicadas, afectados acústicos, porque así se desprende de las curvas de ruido que se recogen en el Plan Director; poblaciones que se encuentran dentro de las curvas de ruido nocturnas que van desde los 60 hasta los 50 decibelios. Estos vecinos de Telde también son afectados pero da la ligera impresión de que nadie se lo ha planteado así.

Hacía referencia hace ya algún tiempo un político de la Isla, seguramente con la sana intención de tranquilizar a los que hemos identificados como afectados acústicos, en relación con una reunión que había tenido con el Director Gral. de Aviación Civil, y decía lo siguiente: “...se han acordado avances en aspectos de contención del ruido y afecciones medioambientales”.

Esto se contradice un poco con el Plan Director donde expresamente se dice lo siguiente en lo referente a las medidas preventivas y correctoras: “No existiendo medidas que puedan minimizar la incidencia del impacto acústico producido por el tráfico aeroportuario sobre el entorno de las instalaciones, sería necesaria la implicación de los Organismos e Instituciones con objeto de diseñar un planteamiento futuro que limite el crecimiento de aquellos núcleos sobre los que el riesgo potencial es mayor.”

Efectivamente poca medida hay que no sea por un lado aislar acústicamente las viviendas ya existentes y por otro evitar nuevos usos residenciales en las zonas inmersas en las curvas de ruido.

Lo de evitar la implantación de nuevos usos residenciales dentro de ciertas curvas de ruido reflejadas en los distintos planes directores de los aeropuertos del país, viene siendo la dinámica seguida por la Dirección Gral. de Aviación Civil a la hora de informar vinculantemente sobre los planes generales de ordenación del territorio. Así, se viene estableciendo como límite de zonas aptas para usos residenciales las delimitadas por las curvas isofónicas diurnas LAeq,D de 60 decibelios y nocturnas LAeq,N de 50 decibelios y excluidas por tanto la posibilidad de implantar nuevos usos residenciales dentro de los ámbitos comprendidos por las envolventes de esos valores.

Aquí nos encontramos a otro tipo de afectado, digamos que es el afectado por urbanizar, él que es afectado en acto, él que dispone de un suelo urbanizable dentro esas curvas y él que no puede desarrollar tal derecho por ser incompatible, incompatibilidad dada con el establecimiento de la servidumbre acústica. Este tipo de afectado aunque se desconozca, también es un afectado por una expropiación forzosa. Según se recoge en el apartado 5 del punto cuarto del artículo 63 Modificación de la Ley 48/1960 de 21 de julio, sobre Navegación Aérea recogida en la Ley 55/1999, de 29 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social donde textualmente se dice lo siguiente: “ 5) Sólo dará lugar a expropiación forzosa, la imposición de servidumbres aeronáuticas, incluidas las acústicas, que impidan el ejercicio de derechos patrimonializados”. Puesto que la servidumbre acústica, curvas de ruido, les coarta a la hora de explotar un derecho adquirido está claro que debe ser expropiados.

Otro tipo de afectado sería aquél que no siendo vecino en la actualidad de la zona de servidumbre acústica, pretende serlo en un futuro no muy lejano y que no se ha percatado del ambiente acústico que le espera una vez esté operativa la tercera pista. Podríamos hablar del afectado en vísperas, el afectado desinformado, el que si conociera cuál será la situación ambiental de la vivienda que desea habitar, quizás desistiera de tal intención.

SOBRE LA UBICACIÓN DE LA NUEVA PISTA:

El Plan Director del Aeropuerto de Gran Canaria fue aprobado por la Orden de 20 de septiembre de 2001 (BOE nº234, de 29 de septiembre). Se trata de un documento bastante extenso donde se comprende entre otras cuestiones un análisis del entorno, un estudio de la situación actual del aeropuerto, la evolución previsible de la demanda, las necesidades futuras, el desarrollo previsible, el estudio de la incidencia sobre el ámbito territorial circundante y una estimación económica del desarrollo previsible. Hay varios puntos importantes en este Plan que deben conocer las personas interesadas en el desarrollo del mismo. Uno de ellos, y en referencia a los comentarios realizados últimamente sobre este punto, es el que trata sobre la posible ubicación de la futura pista. Comentar que su ubicación está claramente definida por lo que no se entiende tales comentarios. En principio en el Plan Director se partió de un estudio de la ubicación de la pista en el Este, Sur, Oeste y Norte, tras este tanteo previo las ubicaciones a elegir fueron las situadas al Oeste en disposición paralela y las ubicadas al Norte en disposición oblicua. Las ubicadas al Oeste, se denominaron Alternativa 1 (A1) y Alternativa 2 (A2), la de ubicación Norte se denominó Alternativa 3 (A3). Para que esta última fuera operativa había que desplazar la pista actual 1.000 metros al Sur y la nueva sería oblicua. La alternativa A1 define una pista paralela a las actuales, hacia el Oeste de la isla, situada a una distancia de 1.100 m de la pista 03L-21R y con el umbral desplazado 1.500 m hacia el Norte, la alternativa A2 es similar a la anterior pero la separación entre ejes era de 1.310 m en lugar de los 1.100 m y el umbral desplazado 1.100 m hacia el Norte. Con estas ubicaciones definidas como las más óptimas se trató de estudiar las particularidades de las mismas para ver cual sería el emplazamiento definitivo y analizar las posibles ubicaciones atendiendo a los siguientes puntos: aspectos aeronáuticos (meteorológicos, tráfico, análisis operativo, topografía del emplazamiento, operatividad), los aspectos de ordenación, los aspectos medioambientales, y los aspectos socioeconómicos. Desde el punto de vista del impacto acústico la A3 es la menos favorable, ya que dentro de su huella sonora (en despegue) quedan los principales núcleos de población de la zona; las alternativas A1 y A2 presentan impactos negativos en aproximación en núcleos de población más reducidos y en menor superficie que la A3. Se ha escogido la alternativa A1 puesto que afecta a una menor superficie urbana que la A2, más cercana a los núcleos de población. Igualmente, una valoración de todos los aspectos a estudiar ha determinado la alternativa A1 como la más idónea. Así, se indica textualmente lo siguiente:

“En conclusión, a la vista de los factores estudiados, se escoge la alternativa A1 de nueva pista de 3.100 m de longitud, con separación entre ejes de 1.100 m respecto a la actual 03L-21R, y con el umbral 03 decalado 1.500 m respecto de los actuales, por los siguientes motivos:

 Su capacidad es suficiente para atender la demanda prevista a largo plazo, aunque menor que la alternativa A2, que sobredimensionaría el campo de vuelos en este sentido.
 El movimiento de tierras necesario es el menor de las tres alternativas.
 Las necesidades de terreno para su construcción son las menores de las tres alternativas, y el área de Zonas de Uso Especial ocupada es menor que en la Alternativa A2.
 Las afecciones sobre las urbanizaciones del entorno son admisibles.”

Pues bien, aunque en este estudio, donde queda claramente definida y razonada la ubicación de la tercera pista, esté perfectamente redactado en el Plan Director han surgido recientemente comentarios en la prensa local indicando que “hay que empezar a estudiar la ubicación de la nueva pista”, y la verdad es que no se entiende tales comentarios. La nueva pista está más que ubicada y según se ha visto, es la menos perjudicial ambientalmente.

SOBRE LA CONTAMINACIÓN ACÚSTICA:

Con respecto a la contaminación acústica que va a ocasionar este proyecto es necesario hacer una serie de comentarios al respecto. Tanto para la configuración actual como para el desarrollo previsible aparecen en el Plan Director las huellas sonoras, que no es otra cosa que la representación gráfica de los niveles sonoros generados en la superficie por la operativa de los aviones, tanto para el período diurno como para el período nocturno.

Estas huellas sonoras están expresadas con el descriptor de ruido LAeq, nivel sonoro continuo equivalente. Así, se contempla para el período diurno (7:00-23:00) las curvas de valores 60, 65, 70, 75 y 80 decibelios, mientras que para el período nocturno las curvas representadas son las curvas de 50, 55, 60, 65 y 70. Además se indica que los valores límites admisibles por ser capaces de producir afecciones significativas, en virtud de lo indicado por la Dirección General de Política Medioambiental, son para el período diurno de 65 dB y para el período nocturno de 55 dB.

Como es lógico, no en balde el sonido es una magnitud física que se atenúa con la distancia, al alejarnos del aeropuerto estos niveles irán disminuyendo, y esto es lo que se representa en estas curvas. No existe en el Plan Director referencia alguna que indique el número de personas afectadas por los distintos niveles sonoros, el número de personas que viven dentro de esas curvas de ruido.

A continuación se puede ver algunos núcleos de población importantes que se verán inmersos dentro de umbrales de niveles sonoros equivalentes de reconocida insalubridad, niveles que vienen expresados en decibelios con ponderación A (dBA), niveles dados para el desarrollo previsible:

(tabla de elaboración propia)

Población Municipio LAeqDiurno LAeqNocturno
Las Puntillas Ingenio 60-70 55-65
Las Majoreras Ingenio 60-65 55-60
El Carrizal Ingenio 60-65 55-60
Malfú Ingenio 60-65 55-60
Playa Ojos de Garza Telde 65-70 60-70
Ojos de Garza Telde 60-70 55-65
Playa de Salinetas Telde 60-65 55-60
Playa de Melenara Telde 60-65 55-60
Playa del Hombre Telde 55-60 55-60
Taliarte Telde 55-60 55-60
El Goro Telde 60-70 55-65


Pues bien, pese a que estas personas se verán afectadas con unos niveles sonoros de reconocida insalubridad, en el Plan Director ni aparecen soluciones al problema de las inmisiones acústicas, ni se hace alusión a medida correctora alguna. Simplemente se valora la aplicación de planteamientos urbanísticos que eviten la implantación de nuevos núcleos de población, no entrando en ningún momento a valorar las soluciones que requieren los núcleos urbanos ya existentes. Se supone que se seguirá el procedimiento del aislamiento acústico de las viviendas, y se supone porque no ha trascendido que hayan sido estos vecinos “afectados acústicos”, del grupo de afectados que se han reunido con la cúpula de AENA, más al contrario se podría pensar que la mayoría de estos vecinos desconoce tristemente la situación que se les viene encima.

Aprovechamos para hacer una reflexión para aquellos que frecuentan las playas del municipio de Telde. Alguna vez habrán visto sobrevolar los aviones una vez han despegado del aeropuerto, sobre el mar en Salinetas o bien en Melenara, y habrán observado que realmente se oye en la costa el ruido que emiten; piensen lo siguiente, si la nueva pista es paralela a las existentes pero desplazada de tal forma que el límite norte de la pista prevista se encuentra entre la plaza de toros y Tufía, o sea que se trata de una pista interior a las existentes y más al norte, entonces esos aviones que ahora ven sobre el mar tendrán que sobrevolar las playas y encima lo harán más bajo no en balde despegan más cerca de los núcleos urbanos costeros del municipio de Telde, por lo tanto, si tenemos que los aviones, que son las fuentes de ruido protagonistas de todo este tema, pasan más cerca de las viviendas pues entonces el ruido que producirá sobre éstas tendrá ya cierta magnitud que no se debe despreciar y así viene expresado en las curvas de ruido del propio Plan Director.

FOMENTO VERSUS DEFENSOR DEL PUEBLO:

Sobre los aeropuertos estatales, llama poderosamente la atención el destacado papel que tiene las quejas de los ciudadanos, y últimamente con mayor asiduidad y más enérgicas, sobre este tipo de infraestructura en los informes anuales del Defensor del Pueblo. A modo de ejemplo se acompaña los siguientes extractos del último de los informes que llaman a una pausada meditación:

“Aunque la mayor parte de las quejas tienen por objeto el ruido padecido por las poblaciones cercanas a estas infraestructuras, la contaminación acústica no agota en modo alguno el ámbito de las reclamaciones recibidas. Con todo, es desde luego el del ruido el asunto que principalmente llama a los ciudadanos a acudir a esta Institución ante la actuación u omisión de la Administración aeroportuaria. Tan es así que el pasado curso 2003 el Defensor del Pueblo resolvió dar un tratamiento unitario a esta cuestión....”.

“Durante años, virtualmente durante décadas, la Administración aeroportuaria no ha prestado suficiente atención a la normativa ambiental, incluso la considera como polo opuesto al desarrollo económico; y en concreto, prácticamente, no ha prestado ninguna atención a la normativa sobre la contaminación acústica, la que se produce en los aeropuertos y se recibe en los hogares.”

Concretamente en el informe del Defensor del Pueblo del año 1999, existía una parte dedicada a la problemática suscitada por la ampliación del Aeropuerto de Madrid-Barajas. Esta cuestión tiene su importancia en el hecho de las similitudes que pudiera presentar con respecto a la ampliación del Aeropuerto de Gran Canaria. Así, en este informe se hace referencia a las quejas de los vecinos ante esa Institución. El Defensor del Pueblo encamina las mismas ante el Ministerio de Fomento, respondiendo éste entre otras cuestiones lo siguiente:

Respecto a las medidas de aislamiento acústico de las viviendas más afectadas por la contaminación acústica, se comunicó que, una vez elaboradas las nuevas huellas de afección sonora, se comenzarían a tramitar por la comisión técnica correspondiente las solicitudes de aislamiento de los edificios.

Que en lo relativo a las medidas preventivas contra el ruido en el planeamiento territorial y urbanístico, se manifestó que no se había recibido estudio o informe al respecto de las autoridades urbanísticas competentes, comunidad autónoma y ayuntamiento.

Estos dos puntos son especialmente relevantes, el primero por lo tardío, puesto que se comienza con el aislamiento de las viviendas una vez está en funcionamiento la nueva pista, dando nula credibilidad a sus propias curvas isófonas (huellas de ruido) previsibles estudiadas antes de la puesta en funcionamiento de la pista.

El segundo punto, es quizás más sorprendente que el anterior, ya que poco menos que obliga a instituciones como los ayuntamientos afectados a presentar estudios sobre medidas preventivas contra el ruido, una cuestión de la que es responsable la propia Administración Central, recordar que al tratarse de una obra de ordenación del territorio, es responsabilidad de la misma, y más concretamente del Ministerio de Fomento. De hecho en la conocida sentencia de 29 de mayo de 1997 del Tribunal Supremo, que versaba sobre la necesidad o no de la licencia municipal de la segunda pista del Aeropuerto de Palma de Mallorca, se indicaba que en referencia a la denuncia presentada ante el ayuntamiento por los vecinos afectados por los ruidos del aeropuerto, éstos deberían haber presentado su reclamación ante la Administración Central y no ante el ayuntamiento, y que en cualquier caso, era la Administración Central la que debería recoger en la evaluación del impacto ambiental los procedimientos necesarios para corregir las molestias producidas por los ruidos.

Parece que el desarrollo del Plan Director del Aeropuerto de Gran Canaria lleva camino de tener ciertas similitudes con lo ocurrido y lo que ocurre con en el Aeropuerto de Madrid-Barajas.

Para concluir con las referencias al Aeropuerto de Madrid-Barajas se incluye más abajo una nota de la Agencia EFE de fecha 22 de abril de 2003 relativa a la ampliación de este aeropuerto, es sólo un aviso a navegantes, y es que según se puede apreciar los vecinos de los aeropuertos no parece que queden muy conformes con las soluciones aportadas por el Ministerio de Fomento. Recordar el “bloqueo” que hicieron recientemente al aeropuerto los vecinos del Prat (Barcelona), las quejas de los vecinos de los aeropuertos de Torrejón de Ardoz, de Zaragoza, de Sabadell, de Rota, de Cuatro Vientos, del Aeropuerto de Manises (“Los vecinos del aeropuerto de Manises realizaron ayer una acampada en una zona ajardinada próxima a la pista de aterrizajes en protesta «por el ruido insoportable» que genera la actividad aeronáutica y para reclamar el traslado del aeropuerto y rechazar la ampliación prevista por AENA.” Levante Digital 04/03/2001.

Sólo queda ponerle fecha a las futuras quejas de los AFECTADOS/AS de la nueva pista del Aeropuerto de Gran Canaria.

ANEXO:

NOTA DE LA AGENCIA EFE: San Fernando de Henares, 22/4/03

“Apoyados por 12 ayuntamientos, los afectados por la ampliación de Barajas llevarán el caso al Tribunal de Estrasburgo.

Los Ayuntamientos de los veintitrés municipios afectados por la futura ampliación del aeropuerto de Barajas han acordado instar a los vecinos a interponer reclamaciones ante el Tribunal de los Derechos Humanos de Estrasburgo para recibir compensaciones por el ruido que genera. Esta es una de las medidas adoptadas en la reunión de esta tarde que mantuvieron en San Fernando de Henares los representantes municipales de doce de los veintitrés municipios madrileños afectados por la construcción de las dos nuevas pistas.

La alcaldesa de San Fernando, Montserrat Muñoz, de IU, fue la encargada de dar a conocer las propuestas que emprenderán los Gobiernos municipales para frenar el impacto acústico de Barajas en sus respectivas localidades, y que darán a conocer en la reunión de la Comisión de seguimiento de la ampliación, el próximo día 30 de abril.

La propuesta de acudir hasta el Tribunal de Estrasburgo se hará una vez que estén agotados todos los trámites legales que fija la legislación española para obtener una compensación económica por los daños producidos por la ampliación.

De momento, según Muñoz, se va a hacer un informe por parte de los técnicos municipales de todos los trámites a seguir por los vecinos para llegar a interponer las oportunas reclamaciones "en el caso de que la jurisprudencia española no nos dé la razón".

La alcaldesa puso como ejemplo de compensación por daños de este tipo la del aeropuerto de Heathrow, en Londres, "donde cada vecino afectado por el ruido recibió 3.000 euros después de acudir al tribunal internacional".

Otras de las medidas acordadas por los municipios afectados, y que se expondrán el Comisión de Seguimiento el próximo día 30, es la elaboración de un modelo para el cálculo de la 'huella sonora' que provocará la futura ampliación y varias propuestas sobre la contaminación atmosférica que generará la instalación aeroportuaria.

Respecto al método utilizado para obtener la huella, los ayuntamientos han acordado que debe contener cuatro elementos fundamentales, entre ellos la eliminación de los vuelos nocturnos y que se haga con criterios de mínimo impacto; "definiendo rutas que afecten lo menos posible a los ciudadanos y no con criterios de comodidad para la compañías aéreas".

"En tercer lugar se debe articular una misma vara para medir la huella, porque ahora mismo se están limitando los crecimientos urbanísticos en zonas que soportan un ruido inferior a 50 decibelios por la noche y 60 durante el día y, sin embargo, AENA, para insonorizar lo que establece son 55 y 65 decibelios, respectivamente", señaló Montserrat Muñoz.

La regidora sanfernandina afirmó que "si no se estará hablando de dos huellas sonoras diferentes" y que el cuarto elemento acordado consiste en que cualquier método que se vaya a poner en marcha tiene que ser posteriormente validado por mediciones.

Los veintitrés municipios afectados por la futura ampliación de Barajas solicitarán también a la Comisión de Seguimiento que se elabore un plan de emergencia conjuntamente con los gobiernos municipales, para que no ocurra lo mismo que con la tercera pista "que el día anterior al funcionamiento de la misma fue conocido por los ayuntamientos, y no se pudo poner en común para aplicarle a nuestras propias necesidades", concluyó la alcaldesa.”

Telde, a 30 de diciembre de 2004
Colectivo Turcón-Ecologista en Acción

Turcón pide una ampliación del plazo de información pública

Turcón pide una ampliación del plazo de información pública El Colectivo Turcón-Ecologistas en Acción en el día de hoy a pedido al Ayuntamiento de Telde una ampliación del plazo del expediente que se encuentra en información pública, respecto a la petición para instalar una machacadora en Hoya Caldereta (Jinamar).

El Boletín Oficial de la Provincia, del 17 de diciembre-2004, publicó el anuncio por el que se somete a información pública el expediente nº 1771/04, para la instalación de una nueva industria en Hoya Caldereta, Vertedero controlado, y en vista a la reducción horaria que sufren las oficinas en estos días de navidad, con festivos incluidos, atendiendo además, que la documentación en las oficinas de urbanismo no ha estado expedita como hubiésemos querido para llegar a todos los documentos que integran el mencionado expediente, solicitamos una ampliación plazo del periodo de información pública.

De acuerdo con la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, que en su artículo 49, da la posibilidad de ampliación de plazo de los expediente administrativos, Turcón solicita que se amplie hasta finales de enero.

El plazo finalizaba el día 13 de enero, en cualquier caso, mañana martes el Colectivo Turcón ha convocado a todos los vecinos y vecinas del entorno para informar del tema y tomar las acciones que se decidan en esa reunión abierta e informativa.

FELIZ Y PROSPERO AÑO-2005

FELIZ Y PROSPERO AÑO-2005 El Colectivo Turcón-Ecologistas en Acción te desea mucha felicidad, salud, suerte y lo mejor para el nuevo año.

Hemos reservado la última noticia del año 2004, para desear a todos/as nuestros/as simpatizantes, colaboradores y seguidores de este periódico digital de Turcón, un prospero año 2005.

Deseamos que en el próximo año 2005, alcances tus mejores proyectos y las cotas de felicidad que te mereces, y que entre tod@s podamos hacer un mundo lleno de paz, de solidaridad, y conseguir un medio ambiente adecuado.

ECOLOGISTAS EN ACCIÓN DENUNCIA QUE EL PLAN DE INFRAESTRUCTURAS NO SE SOMETERÁ A EVALUACIÓN AMBIENTAL ESTRATÉGICA

ECOLOGISTAS EN ACCIÓN DENUNCIA QUE EL PLAN DE INFRAESTRUCTURAS NO SE SOMETERÁ A EVALUACIÓN AMBIENTAL ESTRATÉGICA En contra de lo prometido por la Ministra de Fomento al principio de su mandato, y de la obligación legal de hacerlo según la normativa vigente, todo parece indicar que el Plan Estratégico de Infraestructuras y Transporte, PEIT, no se va a someter a Evaluación Ambiental Estratégica.

Efectivamente, la Directiva 2001/42 relativa a la evaluación de los efectos en el medio ambiente de los planes y programas obliga a someter un plan como el PEIT a este instrumento de análisis ambiental. La Directiva, aunque todavía no está transpuesta a nuestra legislación dado el habitual retraso del Estado español en la aplicación y trasposición de la normativa ambiental, es sin embargo de obligado cumplimiento desde julio de 2004.

Ayer, tras la presentación del PEIT al acabar el Consejo de Ministros, se anunciaba un breve proceso de consultas con los distintos ministerios, las comunidades autónomas y los agentes sociales, con la intención de estudiar las alegaciones presentadas al PEIT en marzo. Este corto periodo no deja tiempo material para la Evaluación Ambiental Estratégica.

Si no se aplica este instrumento de evaluación, ¿cómo se va a valorar la contribución del PEIT al cambio climático?, ¿cómo se conocerá su repercusión sobre la biodiversidad y la fragmentación de hábitats? Desde hace tiempo está claro que el estudio ambiental fragmentado –analizando cada proyecto individual por pequeños tramos– tiene enormes carencias que no permiten conocer, y corregir, las verdaderas repercusiones ambientales y territoriales de las grandes obras.

Por otra parte, Ecologistas en Acción destaca la falsedad de la retórica que se sigue usando al hablar de grandes infraestructuras. Así, por ejemplo, se sigue dando por supuesto que más construcción de infraestructuras supone un mayor desarrollo económico, cuando hay muchos estudios que cuestionan esta vinculación (uno de los más conocidos es el del grupo asesor de expertos del Gobierno británico, más conocido como SACTRA). En todo caso, habrá que estudiar –y justificar– en cada caso la realidad de esta suposición.

El criterio expresado por la ministra, de que casi toda la población estará a menos de 30 km de una autopista no se sostiene desde un punto de vista ambiental ni de lógica del transporte. Los manuales de ingeniería hablan de que resulta razonable desdoblar una carretera si la el número de vehículos que transita por ella cada día supera los 10.000-15.000. Hoy día se construyen en España autovías paralelas a carreteras con menos de 3.000 vehículos/día.

En definitiva, para Ecologistas en Acción, el PEIT presentado, a falta de poderlo conocerlo más en detalle, adolece de los mismos defectos que otros planes de infraestructuras previos, apostando por una faraónica e indiscriminada construcción de infraestructuras sin analizar sus repercusiones y buscando alternativas más sostenibles. Pero, sobre todo, es ilegal si no se somete a la perentoria Evaluación Ambiental Estratégica.

Conferencias y Debates en Telde

Conferencias y Debates en Telde FORO ATLÁNTICO: PAZ y PROGRESO-TELDE-2004.

La Cruz Roja de Telde, en colaboración con otras entidades, organizará dos seminarios: "La Paz en la Sociedad Civil" y "Economía globalizada y progreso", los próximos días 15, 16 y 17 de diciembre.

Conferencias y debates, todo preparado para el intercambio de conocimiento, la reflexión serena y las conclusiones que se deriven. Todo gracias a los ponentes que participaran en los seminarios, tales como: Esteban Velázquez, Mercedes Babé, Rafael Morales Gilberto Martel, Pedro González, Jorge Hernández, Carlos Sosa, Antonio Glez. Vieitez, Marino Alduan, José Alonso, etc...

El grupo de conferenciantes y los temas a tratar son más que suficiente para animar a las personas que se inscriban en las oficinas de la Cruz Roja de Telde (calle Pérez Galdós, nº 15), o al teléfono 928-68.34.15.

La Cruz Roja certificará a los participantes su participación, avalada por la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria y el Ayuntamiento de Telde.

En apoyo a la Fundación César Manrique

En apoyo a la Fundación César Manrique 21/11/2004

El ataque desaforado contra la Fundación César Manrique por parte del Cabildo de Lanzarote y de 7 ayuntamientos de la Isla es de una gravedad extrema. Que las Administraciones de Lanzarote, que no se han destacado precisamente por la protección de su patrimonio natural, pongan en tela de juicio una brillante iniciativa, promovida por la Fundación César Manrique para dar a conocer y denunciar el deterioro que está sufriendo La Geria, uno de los paisajes culturales más importantes del mundo. El acto fue ideado y protagonizado por el reconocido artista Leo Bassi.

Quienes creemos que es necesario trabajar sin descanso para frenar el deterioro ambiental que viene sufriendo el archipiélago canario, tenemos una deuda de gratitud con la Fundación César Manrique. No podemos olvidar que esta entidad se ha situado siempre en la vanguardia cuando se ha tratado de defender los valores ambientales y culturales de este territorio. Por eso te pedimos que mandes este mensaje al Cabildo de Lanzarote.

Expresa en este enlace tu apoyo a escrito en defensa de la FCM

ESCRITO DE APOYO A LA FUNDACION CÉSAR MANRIQUE

Estimada señora presidenta:

Como ciudadano/a, no puedo sino expresar mi total indignación ante el
ataque que por parte de la Institución que usted preside y de los siete
Ayuntamientos de Lanzarote ha recibido la Fundación César Manrique con motivo
del acto que esta institución ha promovido para denunciar la amenaza que supone
para la conservación del territorio la ampliación de la carretera de La Geria en
los términos en los que se viene ejecutando.

A la vista de su actuación, considero necesario recordarle que:

1.César Manrique no sólo fue un gran artista, sino también una de las
primeras personalidades canarias que denunciaron activamente la degradación que
nuestras Islas estaban sufriendo, como consecuencia de las desaforadas
intervenciones promovidas y amparadas por las Administraciones públicas en este
frágil territorio.


2.La Fundación César Manrique no sólo tiene que velar por mantener su
legado artístico, sino también la filosofía y la ética que siempre inspiraron su
forma de vivir y actuar. Y es por eso, por respeto a la memoria de César
Manrique, por lo que la Fundación que lleva su nombre debe situarse a la
vanguardia de la crítica social y responder, cómo considere oportuno, a los
atropellos que sobre nuestro medio ambiente se vienen cometiendo por parte de
muchas Administraciones.


3.Si algo caracteriza la actuación de la Fundación César Manrique en
materia ambiental, eso es la solidez de sus argumentos, siempre avalados por
expertos de primera fila. En el caso de las brutales intervenciones que en
cuestión de carreteras se vienen desarrollando en Lanzarote, y dada la gravedad
del tema, la Fundación encargó un estudio a Antonio Estevan, uno de los más
importantes técnicos en la materia con que cuenta este país. Quienes ostentan
cargos de responsabilidad en el Cabildo deberían leer con atención el Informe
presentado y actuar en consecuencia.


4.El Cabildo de Lanzarote tiene la obligación de velar por la protección
de La Geria, uno de los paisajes culturales más importantes del mundo, cosa que,
obviamente, ustedes no están haciendo.


5.Así pues, si alguien está dañando la imagen turística de la Isla es
precisamente la Institución que usted preside y los siete Ayuntamientos de
Lanzarote, por promover atentados ambientales como el constituido por esta
carretera y, además, lanzar o secundar la bochornosa iniciativa de enviar una
carta a la Reina denunciando lo que, les guste o no, no es sino un sano
ejercicio de participación ciudadana y gimnasia democrática.


6.Por último, indicarle que Leo Bassi, al igual que todos los payasos, es
un ARTISTA (por cierto, bastante más conocido y considerado a nivel mundial que
quienes tratan de insultarle). La iniciativa ideada y desarrollada por el señor
Bassi, mal que les pese a ustedes, además de una actividad de denuncia social,
ha constituido un acto cultural, por lo que es doblemente indignante la reacción
del Cabildo.

Por todo lo anteriormente expuesto, solicito:

1.Que se retire el proyecto de ampliación de la carretera de La Geria.

2.Que se produzca una inmediata rectificación pública del ataque que desde
el Cabildo de Lanzarote se ha lanzado contra la Fundación César Manrique.

Atentamente,

Comunicado de "Ecologistas en acción" sobre la sentencia que causa un golpe mortal a la Red de Parques Nacionales

Comunicado de "Ecologistas en acción" sobre la sentencia que causa un golpe mortal a la Red de Parques Nacionales NATURALEZA 15/11/2004

Ecologistas en Acción, Greenpeace, SEO/BirdLife y WWF/Adena, todas ellas representadas en diferentes parques nacionales, desean mostrar su profunda preocupación por las consecuencias que la sentencia del Tribunal Constitucional puede tener en la conservación de los Parques Nacionales.

Para estas organizaciones la sentencia del Tribunal Constitucional reduce a la mínima expresión posible la participación del Estado en la gestión de los Parques Nacionales, reservándole únicamente un papel residual, como la posibilidad de establecer criterios orientadores, pero ninguna competencia en las decisiones directas sobre la gestión de los parques y ninguna capacidad para obligar a su cumplimiento.

Desde el pasado mes de mayo, en que se hizo pública la existencia de un informe del Ministerio de Administraciones Públicas en el que se recomendaba al Ministerio de Medio Ambiente la cesión de la competencia exclusiva en la gestión de los Parques Nacionales a las Comunidades Autónomas, las organizaciones ecologistas habían expresado al Gobierno su máxima preocupación ante la posibilidad de que la Red de Parques Nacionales pudiera quedar vaciada de contenido y se implantara un modelo donde cada comunidad autónoma por separado tomara sus decisiones sobre la gestión diaria, como ahora sentencia el Tribunal Constitucional.

Las organizaciones ecologistas consideran esta sentencia un duro golpe a la Red de Parques y un claro retroceso, que solamente viene a satisfacer las pretensiones de algunas comunidades autónomas, pero que no aporta nada nuevo ni positivo a la conservación de la biodiversidad de la Parques Nacionales, objetivo principal que debiera haber guiado cualquier reflexión sobre el futuro de la Red.

Las organizaciones firmantes se han manifestado siempre partidarias de la cogestión de los PN mediante la participación del MIMAM y las Comunidades Autónomas y han realizado propuestas para mejorar este sistema garantizando una mayor independencia política y coherencia de la Red y un incremento de la participación de las administraciones locales, pero asegurando el papel del Estado como garante del mantenimiento y respeto a un modelo y una visión global.

Las ONG no cuestionan la capacidad de las Comunidades Autónomas para gestionar sus propias redes de espacios protegidos, pero opinan que el TC no ha entendido la necesidad de que exista una red superior, de interés general del Estado, en la cual estén representados los mejores ejemplos de los hábitats y ecosistemas españoles. Para las ONG, el reparto de los Parques Nacionales entre las distintas comunidades autónomas supone el fin de ese objetivo básico, consagrado por anteriores dictámenes del Alto Tribunal, destruyendo la unidad de criterio y la coherencia en la gestión a favor de intereses de puro poder político y territorial.

Así mismo, las ONG consideran un gravísimo error el vaciado de competencias de los patronatos y del Consejo de la Red impuesto por el TC, que se convierten en meros testigos y convidados de piedra de las decisiones que adopte cada autonomía.

Durante los últimos 25 años se ha organizado en España la que es seguramente la mejor Red de Parques Nacionales de Europa, y el modelo español de gestión compartida ha sido un ejemplo mundial para una nueva forma de entender la gestión de estos espacios protegidos, basada en la participación y la co-responsabilidad. Para las organizaciones ecologistas no tiene sentido abandonar este camino para ir a un modelo de exclusividad que no sólo no conserva mejor la naturaleza, sino que es menos abierto, menos participativo, más opaco y mucho más sensible a las presiones de los agentes locales.

- nullTexto íntegro de la sentencia (PDF 400 Kb)
- El Organismo Autónomo Parques Nacionales de España

La moto ¿alternativa de transporte?

La moto ¿alternativa de transporte? Nota de prensa de CONBICI (Coordinadora Ibérica en Defensa de la Bicicleta), octubre 2004

Desde el día 20 de octubre todo aquel conductor de coche que tenga tres años de antigüedad en el carné podrá conducir motocicletas de hasta 125 centímetros cúbicos. Esta medida nos parece correcta, no así el enfoque que se le ha dado. Según el gobierno «la moto es la alternativa al coche para mejorar la movilidad». Desde nuestro punto de vista, las motos, aun cuando es cierto que ocupan menos espacio que los automóviles, lejos de ser un vehículo sostenible, generan mayores problemas ambientales y de seguridad vial que éstos.

- Así, la mayor parte de estos vehículos funciona con motores de tracción a dos tiempos, que emiten 100 veces más de hidrocarburos que los motores de los automóviles .

- La moto es el medio de transporte que mayores proporciones de riesgo registra de resultar muerto o herido, en comparación con el coche (50 veces mayor) , hecho que se deriva de las altas velocidades que alcanzan y su escasa protección en caso de accidente. El informe de 1999 de la Sociedad Española de Salud Pública y Administración Sanitaria (SESPAS), señalaba el incremento de víctimas entre los ocupantes de ciclomotores y motocicletas, que entre 1981 y 1994 ha sido del 80%, y de los accidentes en el medio urbano, que representan más del 52% del total .

- El tráfico motorizado es la principal causa de ruidos también en la mayoría de las ciudades europeas. Una parte no desdeñable de estos ruidos son producidos por ciclomotores y motocicletas que circulan reglamentariamente por la ciudad, así como por otras motos que lo hacen con los tubos de escape trucados, de forma que triplican o cuadruplican el nivel de ruido que emiten dichos vehículos.

A nuestro entender, la alternativa a la hipermotorización que azota a nuestras localidades pasa por apostar por un modelo de movilidad urbana e interurbana basado en:

- una mejora de la accesibilidad que reduzca la generación de necesidades de desplazamiento;
- la disminución de los desplazamientos en vehículos motorizados;
- y en la potenciación de los desplazamientos peatonales, ciclistas y en transportes colectivos.

Las bicicletas, a diferencia de las motos, no contamina, es silenciosa, económica, fácil de usar y beneficiosa para la salud, la economía y la mejora de la calidad ambiental. En las distintas pruebas comparativas de medios de transporte en ciudades como Madrid, Barcelona o Córdoba, la bicicleta es la primera en llegar al destino en todos los recorridos.

Por todo ello, y teniendo en cuenta el difícil reto del cumplimiento de Kioto, cualquier política de movilidad sostenible debería excluir a las motos, y apostar decididamente en cambio por la bicicleta, ayudando a su promoción para su uso urbano y para su uso interurbano en combinación con los medios de transporte públicos, permitiendo un desplazamiento puerta a puerta, verdaderamente competitivo con el automóvil.
Algunas oOtras medidas que sí serían más eficaces para mejorar la movilidad en las ciudades:

El Plan Estratégico de Infraestructuras y Transportes (PEIT) que está estudiando el Gobierno, debería incluir de manera muy relevante a la bicicleta, como ocurre ya en la práctica totalidad de los países europeos. Según la UE, España está en la cola en cuanto a promoción y uso de la bicicleta como vehículo de transporte urbano, y ello pese a tener un clima excelente, la reducida distancia de la mayoría de los desplazamientos en automóvil, las elevadas dimensiones del parque ciclista existente, la alta proporción de personas que sabe andar en bicicleta, y la buena imagen de la que goza este vehículo entre los/as ciudadanos/as,

Según un informe presentado hace pocos días por la Agencia Europea de Medio Ambiente, se está infravalorando la contaminación atmosférica de los coches nuevos. No entendemos como con el Plan Renove para automóviles se está financiando su uso y no se hace, al menos, lo propio con la medioambientalmente sostenible bicicleta. Se ve necesario un Plan Renove para bicicletas, que sería mucho más barato que el de automóviles. Asimismo se debería bajar el IVA de la bicicleta al 4%, pues ahora mismo está fiscalizada como artículo de lujo, mientras que, increíblemente, la moto no lo está.

Para cualquier información adicional pueden contactar con Juan Merallo, portavoz de ConBici en el teléfono 617 523 271 o en info@pedalibre.org

www.conbici.org
www.ecf.com

La ampliación del aeropuerto de Gran Canaria genera perjuicios sin comenzar las obras

La ampliación del aeropuerto de Gran Canaria genera perjuicios sin comenzar las obras El Colectivo Turcón-Ecologistas en Acción denuncia irregularidades en el procedimiento de adaptación de la planificación insular al Plan Director del Aeropuerto. Esto deja en una situación de indefención a toda la población (o futuros residentes) que vivan en el entorno de lo que llamamos la huella sonora del aeropuerto, esto es, toda la franja territorial desde Taliarte hasta Gando.

Aunque está aprobado el Plan Director, insistimos en la insostenibilidad del modelo que propicia esta ampliación con graves repercusiones para toda la isla. La ampliación como el área anexa consideramos que no se justifican técnicamente. Además, supone para el sureste de la isla gravísimos efectos medioambientales, sobre todo en lo que respecta a la contaminación acústica, contaminación claramente expresada en forma de curvas isofónicas en el Plan Director, y contaminación que en el propio Plan Director se indica que al no existir medidas que puedan minimizar la incidencia del impacto acústico, la solución necesaria debe pasar por proyectar ciertos planteamientos que eviten implantación de nuevos usos residenciales dentro de las zonas de influencia: pues bien, no se observa que el PIO (ni el PGOU de Telde) haya llevado a cabo, en principio esta obligación, alentando y autorizando nuevos asentamientos residencial en toda la costa municipal.

Es necesario recordar, que esta cuestión fue alegada por más de 50.000 firmas presentadas en el período de información pública del PIO. Alegaciones firmadas por personas que se oponían a la ampliación del Aeropuerto de Gran Canaria porque propiciaba un auténtico desarrollo insonstenible para la isla al entrar más turistas, más personas a un territorio frágil, de unos 1.500 kilómetros cuadrados.

Como primera acción, el Colectivo Turcón-Ecologistas en Acción a través de la Federación Ecologista Ben Magec, ha recurrido ante la Sala de lo contencioso-administrativo del TSJC, el Plan Insular (PIO), y esta semana, ha remitido un escrito al Ministerio de Fomento informando de estas cuestiones, y solicitando información sobre, si tienen conocimiento o no, de la publicación y entrada en vigor de un PIO de Gran Canaria que no se ha adaptado a las obligaciones del Plan Director de AENA.