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TURCÓN - Ecologistas en acción

Turcón recurrirá la licencia comercial del Parque Marítimo de Jinámar

Turcón recurrirá la licencia comercial del Parque Marítimo de Jinámar

Turcón recurrirá la licencia comercial del Parque Marítimo de Jinámar

Los ecologistas llevarán al juzgado las anomalías detectadas.

Fuente: Canarias7.es

Dicen los ecologistas que les mueve la defensa de lo público: costas, espacio natural, lugar de interés comunitario, yacimientos arqueológicos y paleontológicos. Terreno y parcelas que engrosaban el patrimonio de todos los canarios (Decreto de expropiación 89/1991 del 29 de abril).

Entre las irregularidades que denuncian los ecologistas se encuentra:

Aún no se ha constituido la Entidad de Conservación para el SIC. Las normas de conservación del Silicio de Interés Científico de Jinamar contemplan una financiación para mantener, cuidar y conservar las especies y el lugar protegido. Esto lo tiene que hacer el empresario con el cabildo responsable de la gestión del ENP.

Por otro lado dicen que Ambrosio Jiménez y Jinur han incumplido el contrato firmado con el gobierno de canarias en octubre del 1998. Estipulación 5ª.1.-
“El 8 -10-1998 el Gobierno de Canarias autorizó a su consejería de Política Territorial a suscribir un Convenio Urbanístico con los titulares de los derechos expropiatorios, a la sazón la entidad Promociones Horneras, SL. por el cual esta entidad se comprometió a financiar las obras de urbanización necesaria para el logro de los objetivos del Plan hasta un importe de 3.000 millones de pesetas, incluido en esta cifra los derechos expropiatorios con sus intereses y la recuperación de plusvalía legalmente exigibles”.

De acuerdo con la ficha del Plan Estructurante del E-E-1.3.5. aprobado en la COTMAC (4-2-2003), el gobierno con esta cantidad podía hacer un concurso entre varias empresas para la urbanización del terreno. La ficha del Plan (punto 7º sistema de ejecución) dice: “El sector se desarrollará por el sistema de expropiación, conforme a los términos concertados entre la administración autonómica actuante y el titular de los derechos expropiados”.

El resultado es que Guillermo Reyes y la Junta de Gobierno (acuerdo de diciembre-2003) “adjudicaron a dedo” a la empresa Promociones Horneras la urbanización y todo lo demás. Por eso los ecologistas tienen recurrido en la sala de lo contencioso del Tribunal Superior de Justicia de Canarias (expediente 85/2004), la primera licencia que concedió Telde.

Dónde está el 10% del suelo que pertenece al ayuntamiento de Telde.

Después de la expropiación y en ejecución del planeamiento se le concede a la empresa el aprovechamiento del suelo de tres parcelas (unos 117.059 metros cuadrados). El resto son terrenos de titularidad pública unos 223.171 m2.

De la parcela 9, se segregará la 9ª para su cesión al ayuntamiento con destino a la materialización del 10% de aprovechamiento medio en cuantía equivalente a 9.850 m2. Este fue el resultado de la estimación de un recurso de Telde, aceptado mediante Orden de la Consejería de fecha 20-3-2000.


La altura de la edificación:

Con el permiso de urbanización y de estructura, la empresa está haciendo también tabiquería y cerrando algunos exteriores. Una de las cosas que más denuncian los ciudadanos es la altura de la edificación, que en algunos puntos supera la rasante de la GC-1, cercenando la visión del frente marítimo, una de las cuestiones más tratadas en el Plan Especial (BOP-30-1-2002). Turcón va a encargar un levantamiento topográfico (costeado del bolsillo de sus integrantes), para conocer sí milimétricamente supera la altura de la autopista.

Turcón en coherencia con el recurso 85/2004 del TSJC recurrirá la Licencia Comercial concedida por el Gobierno de Canarias-Consejería de Industria. Además, ahora, advierte el Colectivo Turcón participará en el expediente que urbanismo tiene en exposición pública hasta el día 2 de septiembre, para la concesión de licencia de apertura.

Denuncia además que el gobierno no siga sobre el tema y que no vele tanto por el cumplimiento de la legalidad vigente y del Plan Especial donde habla, en diversos apartados, de la altura máxima de la edificación que no debe superar la rasante de la GC-1.

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