Vía tangencial de Telde. Solicitud de ampliación de plazo
Ilmo. Sr. Director General de Infraestructura Viaria
Consejería de Infraestructuras, Transportes y Vivienda
Gobierno de Canarias.-
Edificio de Usos Múltiples I-, 10ª planta
Las Palmas de Gran Canaria.-
Estimado Director General:
Publicado en el Boletín Oficial de Canarias de fecha 24 de junio de 2004, el anuncio por el que se somete a información pública el Avance del Plan Territorial Especial de las Infraestructuras Viarias de la Vía Tangencial de Telde y Variante Aeroportuaria, y en vista de lo voluminoso y enjundioso del expediente, de la reducción horaria que sufren las oficinas en estos meses de junio y julio, del cierre de las mismas por las tardes y los sábados;
De acuerdo con la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, que en su artículo 49, da la posibilidad de ampliación de plazo de los expediente administrativos, (se reproduce el artículo)
1. La Administración, salvo precepto en contrario, podrá conceder de oficio o a petición de los interesados, una ampliación de los plazos establecidos, que no exceda de la mitad de los mismos, si las circunstancias lo aconsejan y con ello no se perjudican derechos de tercero. El acuerdo de ampliación deberá ser notificado a los interesados.
2. La ampliación de los plazos por el tiempo máximo permitido se aplicará en todo caso a los procedimientos tramitados por las misiones diplomáticas y oficinas consulares, así como a aquellos que, tramitándose en el interior, exijan cumplimentar algún trámite en el extranjero o en los que intervengan interesados residentes fuera de España.
3. Tanto la petición de los interesados como la decisión sobre la ampliación deberán producirse, en todo caso, antes del vencimiento del plazo de que se trate. En ningún caso podrá ser objeto de ampliación un plazo ya vencido. Los acuerdos sobre ampliación de plazos o sobre su denegación no serán susceptibles de recursos.
Que de acuerdo con el espíritu de la Directiva Europea 90/313/CEE y la Ley 38/1995, de 12 de diciembre, sobre el Derecho de Acceso a la Información en Materia de Medio Ambiente, (BOE núm 297, de 13 de diciembre) que va marcando una tendencia a fomentar el derecho de los ciudadanos a la participación pública y política, a la transparencia en la administración, todo ello corroborado con amplios documentos internacionales como la Agenda 21-Local, la Carta de Aalborg, el Convenio de Aarhus, que van abriendo un camino donde las claves para el desarrollo están en LA INFORMACION Y LA PARTICIPACION CIUDADANA.
Por todo ello, solicitamos a V.I. una ampliación del plazo del periodo de información pública hasta finales de Agosto del Avance del Plan Territorial Especial de las Infraestructuras Viarias de la Vía Tangencial de Telde y Variante Aeroportuaria para poder consultar y preparar la documentación precisa y participar así en el expediente.
Agradecido por su atención, rogándole comunique su decisión lo antes posible por cualquier medio oficial, le saluda muy atentamente,
EL PRESIDENTE DEL COLECTIVO ECOLOGISTA TURCÓN
JUAN JIMÉNEZ ALEMÁN
Consejería de Infraestructuras, Transportes y Vivienda
Gobierno de Canarias.-
Edificio de Usos Múltiples I-, 10ª planta
Las Palmas de Gran Canaria.-
Estimado Director General:
Publicado en el Boletín Oficial de Canarias de fecha 24 de junio de 2004, el anuncio por el que se somete a información pública el Avance del Plan Territorial Especial de las Infraestructuras Viarias de la Vía Tangencial de Telde y Variante Aeroportuaria, y en vista de lo voluminoso y enjundioso del expediente, de la reducción horaria que sufren las oficinas en estos meses de junio y julio, del cierre de las mismas por las tardes y los sábados;
De acuerdo con la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, que en su artículo 49, da la posibilidad de ampliación de plazo de los expediente administrativos, (se reproduce el artículo)
1. La Administración, salvo precepto en contrario, podrá conceder de oficio o a petición de los interesados, una ampliación de los plazos establecidos, que no exceda de la mitad de los mismos, si las circunstancias lo aconsejan y con ello no se perjudican derechos de tercero. El acuerdo de ampliación deberá ser notificado a los interesados.
2. La ampliación de los plazos por el tiempo máximo permitido se aplicará en todo caso a los procedimientos tramitados por las misiones diplomáticas y oficinas consulares, así como a aquellos que, tramitándose en el interior, exijan cumplimentar algún trámite en el extranjero o en los que intervengan interesados residentes fuera de España.
3. Tanto la petición de los interesados como la decisión sobre la ampliación deberán producirse, en todo caso, antes del vencimiento del plazo de que se trate. En ningún caso podrá ser objeto de ampliación un plazo ya vencido. Los acuerdos sobre ampliación de plazos o sobre su denegación no serán susceptibles de recursos.
Que de acuerdo con el espíritu de la Directiva Europea 90/313/CEE y la Ley 38/1995, de 12 de diciembre, sobre el Derecho de Acceso a la Información en Materia de Medio Ambiente, (BOE núm 297, de 13 de diciembre) que va marcando una tendencia a fomentar el derecho de los ciudadanos a la participación pública y política, a la transparencia en la administración, todo ello corroborado con amplios documentos internacionales como la Agenda 21-Local, la Carta de Aalborg, el Convenio de Aarhus, que van abriendo un camino donde las claves para el desarrollo están en LA INFORMACION Y LA PARTICIPACION CIUDADANA.
Por todo ello, solicitamos a V.I. una ampliación del plazo del periodo de información pública hasta finales de Agosto del Avance del Plan Territorial Especial de las Infraestructuras Viarias de la Vía Tangencial de Telde y Variante Aeroportuaria para poder consultar y preparar la documentación precisa y participar así en el expediente.
Agradecido por su atención, rogándole comunique su decisión lo antes posible por cualquier medio oficial, le saluda muy atentamente,
EL PRESIDENTE DEL COLECTIVO ECOLOGISTA TURCÓN
JUAN JIMÉNEZ ALEMÁN
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